Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062263)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en la calle Nuestra Señora de la O, 129, a ubicar en el término municipal de Navas del Madroño (Cáceres), cuyo promotor es el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales, Medioambiente y Aguas provincia de Cáceres (MASMEDIO). Expte.: IA23/0099.
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023
37793
definitivamente por Resolución de 27 de noviembre de 2001 de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura publicadas en el DOE n.º 42, de
13 de abril de 2002.
— La Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, Servicio de Infraestructuras del
Medio Rural Vías Pecuarias, informa lo siguiente:
Atendiendo al Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de
Navas del Madroño aprobado por Orden ministerial 21/11/1970 (BOE de 14/12/1970),
y una vez comprobada la ubicación “Punto limpio” a ubicar en referencia catastral
2079422QD0827N, ésta no afecta a vías pecuarias.
— La Confederación Hidrográfica del Tajo, informa de lo siguiente:
–E
n lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, la parcela se encuentra dentro de la zona de abastecimiento “E. José María Oriol – Alagón –
ES030ZCCM0000000528”, “E. José María Oriol – Almonte - ES030ZCCM0000000537”
y “E. Alcántara II – Tajo - ES030ZCCM0000001007”, además también se halla en
el área de captación de la zona sensible “Embalse de Alcántara II - ES030ZSENESCM552”.
–E
n cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada la parcela no tendrá
ningún tipo de interferencia con aguas superficiales (ni la parte de dominio público
hidráulico definido por éstas ni zonas de policía).
–L
a parcela no se asienta sobre masas de agua subterránea.
3. A
nálisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
aracterísticas del proyecto.
El objetivo del presente proyecto es la construcción de un punto limpio para la recogida
selectiva de residuos domésticos con el fin de mejora del tratamiento de los residuos domésticos en la localidad de Navas del Madroño.
Jueves 15 de junio de 2023
37793
definitivamente por Resolución de 27 de noviembre de 2001 de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura publicadas en el DOE n.º 42, de
13 de abril de 2002.
— La Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, Servicio de Infraestructuras del
Medio Rural Vías Pecuarias, informa lo siguiente:
Atendiendo al Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de
Navas del Madroño aprobado por Orden ministerial 21/11/1970 (BOE de 14/12/1970),
y una vez comprobada la ubicación “Punto limpio” a ubicar en referencia catastral
2079422QD0827N, ésta no afecta a vías pecuarias.
— La Confederación Hidrográfica del Tajo, informa de lo siguiente:
–E
n lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, la parcela se encuentra dentro de la zona de abastecimiento “E. José María Oriol – Alagón –
ES030ZCCM0000000528”, “E. José María Oriol – Almonte - ES030ZCCM0000000537”
y “E. Alcántara II – Tajo - ES030ZCCM0000001007”, además también se halla en
el área de captación de la zona sensible “Embalse de Alcántara II - ES030ZSENESCM552”.
–E
n cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada la parcela no tendrá
ningún tipo de interferencia con aguas superficiales (ni la parte de dominio público
hidráulico definido por éstas ni zonas de policía).
–L
a parcela no se asienta sobre masas de agua subterránea.
3. A
nálisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
aracterísticas del proyecto.
El objetivo del presente proyecto es la construcción de un punto limpio para la recogida
selectiva de residuos domésticos con el fin de mejora del tratamiento de los residuos domésticos en la localidad de Navas del Madroño.