Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062255)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana con destino a riego de 26,6632 ha y dos tomas de aguas subterráneas con destino a riego de 45,7213 ha, hasta un total de 72,3845 ha de olivar", cuyo promotor es D. Manuel Valverde Fortis, en los términos municipales de Villanueva de la Serena y Rena (Badajoz). Expte.: IA20/1410.
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023
37753
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
— Fauna.
Uno de los valores naturales existente en la zona de actuación es el águila perdicera,
que según su plan de conservación del hábitat, la finca está en el área de distribución de
la especie, aunque no existe sustrato de nidificación adecuado en el entorno. Asimismo
destaca que el área de actuación está dentro del Sector Alange del plan de manejo de
la grulla común, aunque según el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas no se dispone de datos de la presencia de la especie en el lugar. Dado que el
cultivo lleva implantado muchos años, la actividad no supondrá impactos significativos
sobre la fauna de la zona, que aún quedarán más minimizados mediante la aplicación
de las medidas previstas en el presente informe.
— Vegetación.
En lo que se refiere a la superficie de puesta en riego, al tratarse de terrenos agrícolas
ya consolidados, no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación natural.
No obstante, tal como se ha señalado en el apartado anterior de Red Natura 2000 y
Áreas Protegidas, hay que evitar la posibles afecciones a hábitats de interés comunitarios existentes en la zona de ubicación del depósito regulador y parte de la conducción
desde el mismo hasta las parcelas a regar, que atraviesan u ocupan zonas de abundante
arbolado (acebuches y encinas), se propondrán en el presente Informe medidas preventivas y correctoras que eviten su afección. También, para fomentar la aparición de
cierta vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de las parcelas que se
propone poner en riego.
— Paisaje.
El paisaje sufrirá una transformación de carácter permanente durante la vida útil del
cultivo que se pretende implantar. Como se ha comentado con anterioridad, no se considera una afección significativa, debido a la importante extensión de zonas cultivadas
existente en los alrededores. Asimismo, se introducirá una cierta diversificación en un
paisaje tradicionalmente agrícola.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos
de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de caseta y zanjas,
Jueves 15 de junio de 2023
37753
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
— Fauna.
Uno de los valores naturales existente en la zona de actuación es el águila perdicera,
que según su plan de conservación del hábitat, la finca está en el área de distribución de
la especie, aunque no existe sustrato de nidificación adecuado en el entorno. Asimismo
destaca que el área de actuación está dentro del Sector Alange del plan de manejo de
la grulla común, aunque según el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas no se dispone de datos de la presencia de la especie en el lugar. Dado que el
cultivo lleva implantado muchos años, la actividad no supondrá impactos significativos
sobre la fauna de la zona, que aún quedarán más minimizados mediante la aplicación
de las medidas previstas en el presente informe.
— Vegetación.
En lo que se refiere a la superficie de puesta en riego, al tratarse de terrenos agrícolas
ya consolidados, no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación natural.
No obstante, tal como se ha señalado en el apartado anterior de Red Natura 2000 y
Áreas Protegidas, hay que evitar la posibles afecciones a hábitats de interés comunitarios existentes en la zona de ubicación del depósito regulador y parte de la conducción
desde el mismo hasta las parcelas a regar, que atraviesan u ocupan zonas de abundante
arbolado (acebuches y encinas), se propondrán en el presente Informe medidas preventivas y correctoras que eviten su afección. También, para fomentar la aparición de
cierta vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de las parcelas que se
propone poner en riego.
— Paisaje.
El paisaje sufrirá una transformación de carácter permanente durante la vida útil del
cultivo que se pretende implantar. Como se ha comentado con anterioridad, no se considera una afección significativa, debido a la importante extensión de zonas cultivadas
existente en los alrededores. Asimismo, se introducirá una cierta diversificación en un
paisaje tradicionalmente agrícola.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos
de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de caseta y zanjas,