Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062255)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana con destino a riego de 26,6632 ha y dos tomas de aguas subterráneas con destino a riego de 45,7213 ha, hasta un total de 72,3845 ha de olivar", cuyo promotor es D. Manuel Valverde Fortis, en los términos municipales de Villanueva de la Serena y Rena (Badajoz). Expte.: IA20/1410.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023
37733
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión
de aguas superficiales del río Guadiana con destino a riego de 26,6632 ha y
dos tomas de aguas subterráneas con destino a riego de 45,7213 ha, hasta un
total de 72,3845 ha de olivar", cuyo promotor es D. Manuel Valverde Fortis,
en los términos municipales de Villanueva de la Serena y Rena (Badajoz).
Expte.: IA20/1410. (2023062255)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Concesión de aguas superficiales del río Guadiana con destino a riego de
26,6632 ha y dos tomas de aguas subterráneas con destino a riego de 45,7213 ha, hasta
un total de 72,3845 ha de olivar”, ubicado en los términos municipales de Villanueva de la
Serena y Rena (Badajoz), se encuadra en el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y
ganadería” epígrafe d) “Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto
2.º “Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a
una superficie superior a 10 ha, no incluidos en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es D. Manuel Valverde Fortis.
La autorización administrativa para la concesión de aguas subterráneas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde la planificación de los recursos
hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio de la Comunidad
Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de
marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
Jueves 15 de junio de 2023
37733
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión
de aguas superficiales del río Guadiana con destino a riego de 26,6632 ha y
dos tomas de aguas subterráneas con destino a riego de 45,7213 ha, hasta un
total de 72,3845 ha de olivar", cuyo promotor es D. Manuel Valverde Fortis,
en los términos municipales de Villanueva de la Serena y Rena (Badajoz).
Expte.: IA20/1410. (2023062255)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Concesión de aguas superficiales del río Guadiana con destino a riego de
26,6632 ha y dos tomas de aguas subterráneas con destino a riego de 45,7213 ha, hasta
un total de 72,3845 ha de olivar”, ubicado en los términos municipales de Villanueva de la
Serena y Rena (Badajoz), se encuadra en el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y
ganadería” epígrafe d) “Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto
2.º “Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a
una superficie superior a 10 ha, no incluidos en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es D. Manuel Valverde Fortis.
La autorización administrativa para la concesión de aguas subterráneas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde la planificación de los recursos
hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio de la Comunidad
Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de
marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de