Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062177)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Asociación para la Atención y la Integración Social de las Personas con Discapacidad Física de Extremadura (APAMEX) por el que se concede una subvención en el ejercicio 2023, para la promoción y fomento de la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023).
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023
37380
Entidad beneficiaria:
Actividad:
Inversión:
Logotipos:
Las medidas establecidas anteriormente se ubicarán en el lugar en el que se realicen las actuaciones que constituyan la justificación del otorgamiento de la ayuda de la Junta de Extremadura en sitio visible al público.
APAMEX, como beneficiaria de la subvención nominativa queda obligada, asimismo, a cumplir
lo establecido en el artículo 36 sobre el régimen de los gastos subvencionables y los artículos
50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio.
Las cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio y las dudas que surjan
en su interpretación, serán resueltas por una Comisión formada por la persona titular de la
Jefatura de Servicio y la persona titular de la Jefatura de Sección de Seguridad y Salud en el
Trabajo de la Junta de Extremadura, y dos representantes designados por APAMEX.
Décima. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, sin
perjuicio de lo establecido para el periodo de justificación, que se extenderá hasta el 15 de
febrero de 2024.
Undécima. Publicidad.
La presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo
establecido en los artículos 20.8. b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, así como en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los
artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto de Extremadura.
Duodécima. Causas de resolución y régimen de reintegro.
1. S
in perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, el incumplimiento por parte de APAMEX de cualquiera de las cláusulas de este convenio, dará lugar a la inmediata resolución
del mismo con devolución de las cantidades percibidas conforme a la normativa vigente.
Jueves 15 de junio de 2023
37380
Entidad beneficiaria:
Actividad:
Inversión:
Logotipos:
Las medidas establecidas anteriormente se ubicarán en el lugar en el que se realicen las actuaciones que constituyan la justificación del otorgamiento de la ayuda de la Junta de Extremadura en sitio visible al público.
APAMEX, como beneficiaria de la subvención nominativa queda obligada, asimismo, a cumplir
lo establecido en el artículo 36 sobre el régimen de los gastos subvencionables y los artículos
50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio.
Las cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio y las dudas que surjan
en su interpretación, serán resueltas por una Comisión formada por la persona titular de la
Jefatura de Servicio y la persona titular de la Jefatura de Sección de Seguridad y Salud en el
Trabajo de la Junta de Extremadura, y dos representantes designados por APAMEX.
Décima. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, sin
perjuicio de lo establecido para el periodo de justificación, que se extenderá hasta el 15 de
febrero de 2024.
Undécima. Publicidad.
La presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo
establecido en los artículos 20.8. b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, así como en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los
artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto de Extremadura.
Duodécima. Causas de resolución y régimen de reintegro.
1. S
in perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, el incumplimiento por parte de APAMEX de cualquiera de las cláusulas de este convenio, dará lugar a la inmediata resolución
del mismo con devolución de las cantidades percibidas conforme a la normativa vigente.