Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062180)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para un estudio del impacto económico de la agricultura eficiente en las zonas rurales como medida eficaz ante el reto demográfico.
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023

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4) U
 na vez recibida la aportación por parte de la Junta de Extremadura, la Universidad de
Extremadura certificará haber registrado en su contabilidad el expresado importe con la
finalidad objeto del presente convenio.
Tercera. Aportación económica.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura se compromete a aportar a la Universidad de Extremadura la cantidad de treinta cinco mil
doscientos once euros (35.211,00Euros), para sufragar los gastos que lleva implícita la realización del objeto del convenio, atendiendo a lo estipulado en el Anexo I y a la cláusula sexta.
La aportación económica será financiada con cargo al proyecto de gasto 20160171 “Renovación de poblaciones en las zonas rurales”. Aplicación Presupuestaria 120030000 G/314A/64100
FR14070801 y es elegible por Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural a través de la PRIORIDAD 6. “Promover la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico
en las zonas rurales”. Medida 7. Servicios básicos y renovación de poblaciones en las zonas
rurales. Submedida 7.8.1. “Renovación de poblaciones en las zonas rurales”, con una tasa de
cofinanciación del 80%.
Cuarta. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio se extenderá durante 2 meses desde la fecha de la firma del
último de sus firmantes, será salvo que las partes prorroguen la duración del mismo a través
de acuerdo expreso y forma­lizado en documento escrito, que deberán adjuntar a este convenio.
El período máximo de la posible prórroga del mismo será de 2 meses y se deberá acordar
antes de la fecha en que finalice su vigencia.
Según se establece según el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta. Seguimiento, vigilancia y control.
El seguimiento del convenio se realizará conjuntamente por la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, que llevarán la co­
dirección de los trabajos, colaborando mutuamente para la consecución de los mismos.
Para facilitar el control y seguimiento del desarrollo de este convenio, se constituirá a los 15
días siguientes a su firma, una Comisión de Seguimiento, integrada por 2 representantes de
cada parte firmante.