Presidencia De La Junta. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Ayudas. (2023062138)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
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NÚMERO 114

37322

Jueves 15 de junio de 2023

Esta convocatoria está autorizada previamente por el Consejo de Gobierno, de conformidad
con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, al superar los 900.000 euros.
El plazo máximo de resolución de estas subvenciones será de seis meses a partir de la fecha
de presentación de las solicitudes de ayudas por las entidades locales interesadas, de acuerdo
con la excepción dispuesta en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura.
El presupuesto destinado a esta convocatoria asciende a cinco millones cuatrocientos dieciséis
mil ochenta y dos euros con cincuenta y dos céntimos (5.416.082,52 €), con cargo al Fondo
de Compensación Interterritorial del Estado para Extremadura. No obstante, esta dotación
podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Por todo ello, previo acuerdo favorable del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de fecha 24 de mayo de 2023, y de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
1. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas a entidades locales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la cofinanciación de obras o servicios de
interés general y social realizadas por las mismas, acogidas al Acuerdo para el Empleo y la
Protección Social Agrarios (en lo sucesivo, AEPSA) y aprobadas por el Servicio Público de
Empleo Estatal (en lo sucesivo, SEPE).
2. La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan
especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante resolución de concesión de la ayuda para la contratación de personas trabajadoras.
Todo ello, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social
en el ámbito del Acuerdo para el empleo y la protección social agrarios (publicado en el
DOE n.º 119, de 22 de junio).