Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2023062364)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Dirección, por la que se modifica la convocatoria de pruebas selectivas por turno libre para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Titulada/a Medio, Especialidad Restaurador/a, perteneciente al Grupo II.
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023
37850
grado de discapacidad y su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a los puestos objeto de esta convocatoria.
2. A
nte la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se
refiere el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
3. Aquellos que no presenten la documentación en el momento de la contratación, y
salvo causas debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Consorcio, o del
examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base segunda, causarán baja definitivamente en la lista de espera, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de
participación.
Duodécima. Contrataciones.
La contratación laboral se efectuará de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral,
utilizándose la modalidad contractual que corresponda en cada caso.
Cuando la contratación laboral sea por tiempo igual o inferior a tres meses, se respetará el
lugar que el candidato ocupe en la lista de espera a los efectos de una nueva contratación.
Hasta que se produzca la incorporación efectiva del trabajador al centro de trabajo, los aspirantes seleccionados no tendrán derecho a percepción económica alguna”.
3ª. El plazo de presentación de solicitudes de 20 días naturales establecido en la base segunda,
apartado 2 de la convocatoria, se computará a partir del siguiente al de publicación de la
presente modificación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 26 de mayo de 2023. El Director del Consorcio, FÉLIX PALMA GARCÍA.
Jueves 15 de junio de 2023
37850
grado de discapacidad y su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a los puestos objeto de esta convocatoria.
2. A
nte la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se
refiere el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
3. Aquellos que no presenten la documentación en el momento de la contratación, y
salvo causas debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Consorcio, o del
examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base segunda, causarán baja definitivamente en la lista de espera, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de
participación.
Duodécima. Contrataciones.
La contratación laboral se efectuará de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral,
utilizándose la modalidad contractual que corresponda en cada caso.
Cuando la contratación laboral sea por tiempo igual o inferior a tres meses, se respetará el
lugar que el candidato ocupe en la lista de espera a los efectos de una nueva contratación.
Hasta que se produzca la incorporación efectiva del trabajador al centro de trabajo, los aspirantes seleccionados no tendrán derecho a percepción económica alguna”.
3ª. El plazo de presentación de solicitudes de 20 días naturales establecido en la base segunda,
apartado 2 de la convocatoria, se computará a partir del siguiente al de publicación de la
presente modificación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 26 de mayo de 2023. El Director del Consorcio, FÉLIX PALMA GARCÍA.