Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023062358)
Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2023 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Crisol-Formación que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa.
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NÚMERO 114

37834

Jueves 15 de junio de 2023

Cuarto. Cuantía.
El importe de la convocatoria asciende a la cuantía de 900.000 euros, con cargo al ejercicio
2023 y a la aplicación 130080000 G/242B/47000 TE24001002 20220424, “Crisol Formación
Entidades”, con fuente de financiación de transferencias del Estado.
La cuantía de la ayuda por cada contratación será igual al resultado de multiplicar por cuatro
el importe mensual del salario mínimo interprofesional o de la retribución establecida en el
convenio colectivo de aplicación (incluyendo la parte proporcional de una paga extraordinaria)
y de las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador vigentes en el momento
de la contratación. Esta cuantía se incrementará en 700 euros por la tutorización de cada
contratación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de seis
meses a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la presente resolución. La resolución y el extracto de la misma, se publicarán en el Diario Oficial de
Extremadura conforme a lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los interesados deberán solicitar las subvenciones, durante el periodo de vigencia de la convocatoria, en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la
contratación. En el caso de que en el plazo anterior no se hubiere aprobado la convocatoria,
el citado plazo de un mes se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la
misma y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
El abono de la subvención se realizará en un pago único, por el importe total de la ayuda
concedida, una vez dictada la resolución de concesión.
Mérida, 25 de mayo de 2023.
El Secretario General del SEXPE
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.
DOE n.º 214, de 5 de noviembre de 2020),
VÍCTOR MANUEL GARCÍA VEGA