Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Medio Ambiente. Subvenciones. (2023040112)
Extracto del Decreto 44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria. Línea 1 "Subvenciones a municipios destinadas a mejoras de infraestructuras de gestión, difusión y uso público en áreas protegidas".
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NÚMERO 114
37310
Jueves 15 de junio de 2023
Anualidad 2023: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 0,00 €.
Anualidad 2024: 900.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 360.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 540.000,00 €.
Anualidad 2025: 600.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 240.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 360.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea de la convocatoria y del presente extracto en el Diario
Oficial de Extremadura.
Sexto. Acciones subvencionables.
Se consideran acciones subvencionables aquellas que se determinan en el artículo 3.1.a) del
decreto por el que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Mérida, 8 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CONSUELO CERRATO
CALDERA
37310
Jueves 15 de junio de 2023
Anualidad 2023: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 0,00 €.
Anualidad 2024: 900.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 360.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 540.000,00 €.
Anualidad 2025: 600.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 240.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 360.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea de la convocatoria y del presente extracto en el Diario
Oficial de Extremadura.
Sexto. Acciones subvencionables.
Se consideran acciones subvencionables aquellas que se determinan en el artículo 3.1.a) del
decreto por el que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Mérida, 8 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CONSUELO CERRATO
CALDERA