Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2023062254)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el XXVIII Premio "Joaquín Sama" a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 112
Martes 13 de junio de 2023

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los trabajos premiados, de conformidad con los compromisos asumidos por cada benefi­
ciario. Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de
Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera proceder a una nueva alta, se realizará
su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de Extre­
madura https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5145
2. E
 l órgano gestor, con carácter previo al pago, comprobará que las personas beneficiarias
se encuentran al corriente de las obligaciones con la Hacienda autonómica, Tributarias del
Estado y de la Seguridad Social.
3. Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro de las
cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora, desde el momento del pago del
premio, de acuerdo con las causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécimo. Publicación de los trabajos.
La Consejería de Educación y Empleo se reserva el derecho de publicación y difusión de los
trabajos que resulten premiados, por las vías que se estimen convenientes. Para ello, todos
los trabajos que constituyan el proyecto, cualquiera que sea su naturaleza y su soporte,
deberán contar con la correspondiente autorización de difusión a favor de la Consejería de
Educación y Empleo, y no podrán ser incluidos materiales de los que no se posea titularidad,
reserva de derechos o propiedad intelectual, salvo que sean de libre distribución, acreditán­
dose cualquiera de estos extremos en su caso. Las personas beneficiarias se comprometen a
colaborar en la realización de las adaptaciones oportunas.
Duodécimo. Datos de carácter personal.
Los centros educativos deberán disponer de la autorización correspondiente de los progenitores,
tutores o tutoras legales de los alumnos y alumnas menores de edad para hacer públicas imá­
genes de los mismos de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente sobre protección de
datos y sobre seguridad y confidencialidad de la información establecidas en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circula­
ción de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Decimotercero. Régimen Jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo establecido en Orden de 31 de marzo de 2023, de la
Consejera de Educación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio