Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2023062254)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el XXVIII Premio "Joaquín Sama" a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 112
Martes 13 de junio de 2023

36816

b) Emisión del informe en el que se detallará el resultado de la evaluación efectuada,
siendo vinculante para el órgano instructor, quien no podrá separarse de su contenido
para formular la propuesta de resolución de conformidad con el artículo 22.3 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo.
5. L
 a Comisión de Valoración ajustará su funcionamiento al régimen establecido para los órga­
nos colegiados en el capítulo III del título V, sección 2ª de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y a lo
previsto en la subsección 1ª, de la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros
de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los ar­
tículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
6. P
 ara el mejor desarrollo de su labor, la Comisión de Valoración podrá solicitar la colabora­
ción de personas de reconocido prestigio o destacadas por su labor en el ámbito educativo,
en los términos establecidos en el artículo 24.3.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Resolución, notificación y recurso.
1. L
 a competencia para resolver corresponde a la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería de Educación y Empleo, conforme al artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de Extremadura, a propuesta del órgano instructor, previo informe
vinculante de la Comisión de Valoración. No obstante, actualmente dicha competencia se
encuentra delegada por resolución de 13 de noviembre de 2019 en la Secretaría General
de Educación.
2. E
 l plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses a contar desde la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. T
 ranscurrido el plazo máximo para resolver la concesión y a falta de notificación de reso­
lución expresa, la persona interesada podrá entender desestimada la solicitud por silencio
administrativo, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Admi­
nistrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. L
 a práctica de las notificaciones electrónicas a las personas interesadas que estuvieran
obligados a recibirlas, se realizará únicamente mediante la comparecencia electrónica en
Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/. De conformi­
dad con el artículo 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrati­
vo Común de las Administraciones Públicas la validez de la práctica de estas notificaciones
requiere que exista constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso