Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062216)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo o Pacto Mixto de funcionarios públicos y personal laboral del "Ayuntamiento de Valle de Santa Ana".
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NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

36641

_ Nacimiento de un hijo prematuro/hospital posterior
_ Consultas medicas
_ Acompañamiento hijos menores/personas dependientes a mi cargo
_ Reuniones convocadas por el Centro educativo
_ Matrimonio
Otras ___________________________________________________________________________
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PLAZO DE RESOLUCIÓN Y EFECTOS DEL SILENCIO
Supuestos de eficacia desestimatoria.
Las solicitudes formuladas en los siguientes procedimientos administrativos de gestión de personal
se podrán entender desestimadas una vez transcurridos, sin que se hubiera dictado resolución
expresa, los plazos máximos de resolución señalados a continuación:
Asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento: Dos meses.
Supuestos de eficacia estimatoria.
1. Las solicitudes formuladas en los siguientes procedimientos administrativos de gestión de personal
se podrán entender estimadas una vez transcurridos, sin que se hubiera dictado resolución expresa,
los plazos máximos de resolución señalados a continuación:
a) Vacaciones en período ordinario: Un mes.
b) Permisos por nacimiento de un hijo o muerte o enfermedad de un familiar: Un día.
c) Permisos por traslado de domicilio sin cambio de residencia: Diez días.
d) Permisos para concurrir a exámenes finales: Tres días.
e) Permisos de una o media hora de ausencia del trabajo para el cuidado de hijo menor de nueve
meses: Un día.
f) Permisos para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal: Tres días.
g) Permisos por maternidad o adopción: Tres días.
h) Permisos para asuntos particulares: Diez días.
i) Reducción de jornada por razones de guarda legal: Diez días.
j) Ampliación de jornada para quien la tiene reducida por guarda legal: Diez días.
k) Permisos sindicales: Tres meses.
l) Licencia por estudios sobre materias directamente relacionadas con la Función Pública: Tres
meses.
m) Licencia por matrimonio: Diez días.