Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2023040118)
Extracto del Decreto 59/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 111
36181
Lunes 12 de junio de 2023
e) N
o se encuentre en algunas de las situaciones de exclusión que figuran en el artículo 7.
2. E
l contrato deberá haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda,
bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al
inicio de dicho periodo.
3. E
l contrato celebrado deberá haber sido registrado y comunicado al Servicio Estatal de
Empleo.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de 3 meses desde el día siguiente a la publicación
de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es
Octavo. Otros.
Las ayudas previstas en el decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a
lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo superar la
ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 25 de mayo de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
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Lunes 12 de junio de 2023
e) N
o se encuentre en algunas de las situaciones de exclusión que figuran en el artículo 7.
2. E
l contrato deberá haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda,
bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al
inicio de dicho periodo.
3. E
l contrato celebrado deberá haber sido registrado y comunicado al Servicio Estatal de
Empleo.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de 3 meses desde el día siguiente a la publicación
de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es
Octavo. Otros.
Las ayudas previstas en el decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a
lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo superar la
ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 25 de mayo de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
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