Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062221)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para transformación en riego de 30,5989 hectáreas de viñedo y olivar", cuyo promotor es D. Manuel Viera Merino, en el término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz). Expte.: IA19/1906.
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NÚMERO 110

36076

Viernes 9 de junio de 2023

Relación de organismos y entidades consultados

Respuestas
recibidas

Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Política Forestal

X

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural

X

Ayuntamiento de Ribera del Fresno

-

Sociedad Española de Ornitología (SEO Birdlife)

-

Asociación para la Defensa de la Naturaleza y de los Recursos de Extremadura
(ADENEX)

-

AMUS

-

Greenpeace

-

Ecologistas en Acción

-

Ecologistas de Extremadura

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Agente del Medio Natural UTV-7

X

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal señala que las inscripciones en REDEXA como vid y olivar y las ortofotos históricas
confirman que se trata de parcelas agrícolas (cultivo leñoso permanente) desde hace
tiempo, y que por tanto, la afección forestal de la puesta en riego es mínima, informando favorablemente la actuación.
— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural señala que no se ha
recibido en esa Dirección General, por parte del equipo redactor del proyecto, consultas
sobre los posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del mismo, ni
la documentación aportada contiene ninguna valoración y análisis sobre al patrimonio
cultural que pudiera verse afectado por la implantación, no identificando posibles impactos potenciales del proyecto, conteniendo tan solo algunas generalidades. No obstante, señala que dada la extensión (más de 30 ha), y de cara a caracterizar posibles
afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie,
que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo