Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062220)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) El Toconal, n.º 983-00, cuya promotora es Áridos Pajuelo e Hijos, SL, en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA19/1192.
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NÚMERO 110
Viernes 9 de junio de 2023

36031

El acceso a la explotación desde la planta de tratamiento autorizada se realizará través de
la carretera EX-115 (Campanario-Orellana La Vieja), a través de un tramo de 1,27 km de
carretera, desde el Badén del Zújar hasta el entronque (en Huso 30, ETRS coordenadas
X=277690; Y=4314000) con el camino público (parcela 9042, polígono 1), a construir en
el pk 25,550 de la citada carretera, atravesando la vía pecuaria “Cañada Leonesa del río
Guadalefra”. El punto de salida desde la carretera al camino público vendría definido por
el propio itinerario de este último, descartando el acceso existente en el pk 25,295, por
hallarse una prohibición de giro mediante línea continua.
El proyecto consiste en la extracción a cielo abierto del tipo “gravera seca” para el aprovechamiento de gravas y arenas existentes en la vega del río Zújar mediante retroexcavadora y carga sobre camión, según el sistema de banqueo descendente en 2 bancos de 1,5
m de profundidad media hasta el fondo de extracción (cota 267 metros sobre el nivel del
mar, en adelante msnm.), con una profundidad media de 3 m, manteniendo en todo caso
un resguardo mínimo de 1 m. por encima de la cota máxima del nivel freático, situado en
266 msnm.
Previamente, se prepararán el terreno y las infraestructuras, señalizando la zona de explotación. Y a continuación, la parte superior de suelo o de tierra vegetal, se apartará en caballones perimetrales que se reservarán para ser utilizados en las labores de restauración.
En cuanto al inicio y avance del frente previstos en el proyecto, se comenzará con la extracción de la superficie de la zona 2 de la parcela 27, no afectada por la franja de Policía
Hidráulica, en dos bancos de 1,5 m de profundidad hasta la cota 267, manteniendo así un
resguardo de 1 m por encima del nivel freático, con taludes de explotación no superiores
a 80º. Y posteriormente se continuará hacia aguas arriba en la franja libre de la Zona 3 de
la misma parcela con las mismas características descritas anteriormente.
En las zonas afectadas por la zona de Policía Hidráulica se solicitarán los correspondientes
permisos previamente a su explotación.
Los distintos frentes se iniciarán con avance general hacia aguas arriba, respetando
siempre:


— Una franja de protección mínima de 50 m de anchura a la línea de dominio público del
río Zújar, y una franja de protección mínima de 25 m. de anchura a la línea de dominio público de los cauces secundarios (Arroyo del Toconal y arroyos innominados).



— Un resguardo general de 5 m a linderos, y a las manchas de vegetación autóctona
existentes señaladas en los planos del proyecto.