Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062116)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura al Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres para la financiación del programa de crecimiento e inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social (Programa CRISOL) 2023-2026, financiado por el Fondo Social Europeo Plus.
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NÚMERO 109
Jueves 8 de junio de 2023

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posibilite a quienes en ellas residen las mismas oportunidades de inserción social y laboral
que en el resto de la población extremeña. Para ello, los itinerarios integrados y personalizados de inserción social y laboral, así como la formación y las experiencias prelaborales y laborales, junto a una adecuada coordinación de los servicios sociales y de empleo, constituyen la
principal herramienta de inclusión social.
El programa CRISOL pretende el desarrollo de programas específicos de intervención de mediación social y comunitaria en zonas desfavorecidas de las grandes ciudades de la región, en
concreto, de las siete ciudades con población igual o superior a los 20.000 habitantes.
Los programas de intervención se centrarán en la detección de personas en situación de
riesgo y/o exclusión social en las zonas señaladas, el desarrollo de actuaciones de mediación
social y comunitaria, tendentes a la resolución de conflictos vecinales y comunitarios y actuaciones de acceso de la población en situación de exclusión social a los recursos normalizados.
Se desarrollarán talleres, campañas de sensibilización, actuaciones de recuperación de zonas
comunitarias, etc. tendentes a favorecer la inclusión social de la población que reside en estas
zonas mediante oportunidades formativas, de inserción social o laboral.
Quinto. El artículo 32.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4.c)
que se considerarán supuestos excepcionales de concesión directa, entre otros, con carácter
excepcional, cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté atribuida a
las corporaciones locales y a la comunidad autónoma. Se requerirá la previa autorización del
Consejo de Gobierno cuando la cuantía de lo aportado por la Junta de Extremadura supere los
600.000 euros (artículo 43.4 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023).
En este caso, el carácter singular de esta subvención viene dado por razones de interés público y social, justificado en el colectivo destinatario del programa objeto de la misma, esto
es, aquellas personas en situación o riesgo de exclusión social, principalmente de las que se
encuentran en edad de trabajar, que residen en aquellas zonas de la ciudad de Cáceres que
presentan mayores tasas de pobreza y exclusión social, así como por la necesidad de contribuir al desarrollo de programas de intervención social por parte del Instituto Municipal de
Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres (IMAS).
A ello se une, además, razones que justifican la dificultad de convocatoria pública debido a la
necesidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado artículo 4 de la Ley 14/2015,