Universidad De Extremadura. Delegación De Competencias. (2023062210)
Resolución de 1 de junio de 2023, del Rector, por la que se delegan competencias en diversos órganos unipersonales de esta universidad.
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NÚMERO 109

35479

Jueves 8 de junio de 2023

Decimocuarta. La presente delegación de competencias no impedirá la posibilidad del Rector de avocar para sí el ejercicio de las mismas (salvo las que tienen su origen en mandato
legal o estatutario) y la resolución de los asuntos y expedientes que traigan causa de dichas
competencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimoquinta. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el órgano delegado, siempre que
se haga uso de la delegación contenida en la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia en el acto administrativo, que se considerará dictado por el órgano
delegante.
Decimosexta. Esta resolución surtirá efectos desde la correspondiente toma de posesión
de las personas que ocupen los respectivos órganos unipersonales a los que se delegan las
competencias. En ningún caso podrán delegarse las competencias que se posean, a su vez,
por delegación contenida en la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el
artículo 9.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimoséptima. Queda derogada cualquier otra delegación de competencias del Rector,
efectuada con anterioridad a la presente resolución.
Decimoctava. La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura.
Badajoz/Cáceres, 1 de junio de 2023.
El Rector,
PEDRO M. FERNÁNDEZ SALGUERO

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