Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062110)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y el Servicio Extremeño Público de Empleo, para la elaboración de contenidos de acciones formativas, realización de jornadas e impartición acciones de formación y perfeccionamiento técnico de docentes, incluidas en el Plan de Trabajo anual 2022 del Centro de Referencia Nacional de Agricultura.
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NÚMERO 108
35271
Miércoles 7 de junio de 2023
ANEXO
GARANTÍAS A CUBRIR POR LOS SEGUROS.
• Muerte.
• Invalidez Permanente Absoluta: Se entenderá por invalidez permanente absoluta aquella
que inhabilite por completo para toda profesión u oficio.
• Invalidez Permanente Total: Se entenderá por invalidez permanente total aquella que
inhabilite para la realización de las tareas de una profesión, siempre que pueda dedicarse
a otra.
• Invalidez Permanente Parcial: Se considera parcial en los casos que se relacionan en el
Anexo de la Garantía de Invalidez Permanente Parcial, que a continuación se relaciona.
• Asistencia Sanitaria por Accidente: En caso de accidente cubierto por el seguro y de
enfermedad repentinamente manifestada derivada de accidente cubierto por el seguro,
incluyendo intoxicaciones, picaduras, ataques repentinos, etc., cuyas consecuencias den
lugar a necesidad de intervención y acto médico. Por esta garantía queda cubierto el
pago en concepto de traslado urgente de cualquier medio, ambulancias, clínicas, facultativos, medicamentos, recuperación y rehabilitación que fueran precisos hasta lograr su
alta médica, sin limitación alguna en su importe y hasta un máximo de 365 días.
T
ambién se incluyen los gastos de prótesis dentarias originados por los daños sufridos
por la dentadura natural o las prótesis inamovibles, con el límite del 10% del capital
garantizado para esta cobertura con un máximo de 360,6 euros.
• Responsabilidad Civil: Entendiéndose por ésta los daños personales, materiales y sus
perjuicios consecuenciales sufridos por los alumnos, los daños causados por los alumnos
a terceros, y la defensa jurídica y constitución de fianzas civiles y criminales, no considerándose tercero el centro colaborador.
El capital mínimo a asegurar para cada uno de los riesgos a cubrir, es el que a continuación
se detalla:
RIESGOS A CUBRIR
CAPITAL A ASEGURAR
Muerte
Mínimo 18.030,06 €
Invalidez Permanente Absoluta
Mínimo 30.050,61 €
35271
Miércoles 7 de junio de 2023
ANEXO
GARANTÍAS A CUBRIR POR LOS SEGUROS.
• Muerte.
• Invalidez Permanente Absoluta: Se entenderá por invalidez permanente absoluta aquella
que inhabilite por completo para toda profesión u oficio.
• Invalidez Permanente Total: Se entenderá por invalidez permanente total aquella que
inhabilite para la realización de las tareas de una profesión, siempre que pueda dedicarse
a otra.
• Invalidez Permanente Parcial: Se considera parcial en los casos que se relacionan en el
Anexo de la Garantía de Invalidez Permanente Parcial, que a continuación se relaciona.
• Asistencia Sanitaria por Accidente: En caso de accidente cubierto por el seguro y de
enfermedad repentinamente manifestada derivada de accidente cubierto por el seguro,
incluyendo intoxicaciones, picaduras, ataques repentinos, etc., cuyas consecuencias den
lugar a necesidad de intervención y acto médico. Por esta garantía queda cubierto el
pago en concepto de traslado urgente de cualquier medio, ambulancias, clínicas, facultativos, medicamentos, recuperación y rehabilitación que fueran precisos hasta lograr su
alta médica, sin limitación alguna en su importe y hasta un máximo de 365 días.
T
ambién se incluyen los gastos de prótesis dentarias originados por los daños sufridos
por la dentadura natural o las prótesis inamovibles, con el límite del 10% del capital
garantizado para esta cobertura con un máximo de 360,6 euros.
• Responsabilidad Civil: Entendiéndose por ésta los daños personales, materiales y sus
perjuicios consecuenciales sufridos por los alumnos, los daños causados por los alumnos
a terceros, y la defensa jurídica y constitución de fianzas civiles y criminales, no considerándose tercero el centro colaborador.
El capital mínimo a asegurar para cada uno de los riesgos a cubrir, es el que a continuación
se detalla:
RIESGOS A CUBRIR
CAPITAL A ASEGURAR
Muerte
Mínimo 18.030,06 €
Invalidez Permanente Absoluta
Mínimo 30.050,61 €