Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023062192)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los programas I, II y IV (DOE de 6 de mayo de 2021, núm. 85).
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NÚMERO 108
Miércoles 7 de junio de 2023

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Tercero. Asimismo, se ha verificado que no concurre ninguna de las exclusiones reguladas
en el decreto:
— No se trata de una actividad agrícola, ganadera o forestal, ni concurre cualquier otra
circunstancia que excluya la aplicación del régimen de mínimis aprobado por el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, (DOUE núm.
L352, de 24/12/2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
— Las personas solicitantes no han sido beneficiarias o causantes de estas ayudas en los
tres años anteriores a la fecha de alta en RETA, ni causantes de las ayudas al empleo
reguladas en los programas de Creación de Empleo Estable en Sociedades Cooperativas
y Laborales o asistencia técnica en el ámbito de la Economía Social, igualmente en los
tres años anteriores a la fecha de alta en RETA. Tampoco en los seis meses anteriores
han ejercido actividad por cuenta propia.
— El alta en RETA de los solicitantes no se ha producido como consecuencia de su codición de socios, consejeros o administradores de una sociedad mercantil, sociedades
anónimas, limitadas, cooperativas de trabajo asociado, sociedades civiles y sociedades
laborales.
En atención a lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, procede dictar la siguiente,
RESOLUCIÓN:
Primero. Conceder a las personas trabajadoras autónomas relacionadas en el anexo de la
presente resolución, disponible en la dirección
https://extremaduratrabaja.juntaex.es/descargar.php?modulo=documentos&file=3507

las

subvenciones que en el mismo se especifican, con expresión de la cuantía y persona beneficiaria, por un importe total de 2.500 €, para un total de 1 persona beneficiaria.
A este beneficiario (José Manuel Gómez Hormigo con NIF *****582M), se le concede una
cuantía adicional por importe de 2.500 euros como pago complementario a la ayuda de 5.000
euros concedida mediante Resolución de 10 de octubre de 2022, pues pertenece al colectivo
de “Personas con el domicilio de la actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes” (se
adjunta resolución de admisión a trámite y concesión mayor cuantía). Sería un complementario de 2.500,00 euros al expediente de gastos GASTOS/2022/0000106502 del documento
“DO” correspondiente a la CONCE/2022/0000017803 de la remesa 29/2022 TE.