Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Aprovechamientos Forestales. Subvenciones. (2023040061)
Decreto 26/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprueba la primera y única convocatoria, y se modifica el Decreto 51/2017, de 18 de abril, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 108

35177

Miércoles 7 de junio de 2023

En ningún caso, la modificación de dichos módulos implicará un incremento del importe
de subvención solicitado para cada Grupo de subvención que aparece en el apartado de
“Resumen del Importe de Subvención por cada Grupo de Subvención” contenido en la solicitud, de carácter vinculante, ni del importe total solicitado por la persona interesada.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de 14 de abril de 2020, por la que se regula el régimen de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales y para la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura
y aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en este
decreto.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de montes
y aprovechamientos forestales, para dictar cuantos actos administrativos resulten necesarios
para el desarrollo, cumplimiento y ejecución de este decreto, y a la persona titular de la Secretaría General a modificar o desarrollar los anexos que se acompañan al mismo.
Disposición final segunda. Modificación del Decreto 51/2017, de 18 de abril, por el
que se regula el régimen de subvenciones destinadas al apoyo a la regeneración en
terrenos adehesados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se modifica el anexo II del Decreto 51/2017, de 18 de abril, por el que se regula el régimen de
subvenciones destinadas al apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de la Comunidad
Autónoma de Extremadura en los términos establecidos en el anexo VII del presente decreto.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Mérida, 29 de marzo de 2023.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,

El Presidente de la Junta de
Extremadura,

BEGOÑA GARCÍA BERNAL

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA