Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062150)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la gestión, el mantenimiento y la mejora operativa de la Plataforma Web XPORTA II, 2023-2025.
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NÚMERO 107
Martes 6 de junio de 2023
34902
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades, tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU la disponibilidad de la
información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en
concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
h) E
stablecer nuevos porcentajes de ejecución mínima motivados por causas excepcionales.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
3. E
n el primer trimestre de los años 2024 y sucesivos, la Comisión realizará una evaluación
de las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados
de los indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen
convenientes para una mejor ejecución del programa.
4. L
a Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente
convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de cinco días,
mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones
podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, Dicha Comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente
convenio. Los acuerdos de la comisión se adoptarán por mayoría de votos, disponiendo el
presidente de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
La Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el
Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la
celebración de las reuniones a distancia.
Décima. Eficacia del convenio.
El presente convenio surtirá efectos desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de
2025; sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la cláusula sexta.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
Martes 6 de junio de 2023
34902
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades, tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU la disponibilidad de la
información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en
concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
h) E
stablecer nuevos porcentajes de ejecución mínima motivados por causas excepcionales.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
3. E
n el primer trimestre de los años 2024 y sucesivos, la Comisión realizará una evaluación
de las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados
de los indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen
convenientes para una mejor ejecución del programa.
4. L
a Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente
convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de cinco días,
mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones
podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, Dicha Comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente
convenio. Los acuerdos de la comisión se adoptarán por mayoría de votos, disponiendo el
presidente de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
La Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el
Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la
celebración de las reuniones a distancia.
Décima. Eficacia del convenio.
El presente convenio surtirá efectos desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de
2025; sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la cláusula sexta.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose