Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062152)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el despliegue de soportes de apoyo para el sector exportador extremeño para el periodo 2023-2026.
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NÚMERO 107
Martes 6 de junio de 2023
34975
2. L
as relaciones laborales del personal adscrito al convenio estarán en el ámbito de aplicación
del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades
filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” ” o aquel que lo sustituya,
(en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (RESOLUCIÓN de 18 de julio de
2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro
de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura
Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”), y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto
en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que
resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio se desarrollará en jornada completa y
se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio Colectivo Extremadura Avante.
3. S
e podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. M
ediante la firma de este convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, realizará el despliegue de SOPORTEX para el periodo 2023-2026, con arreglo al detalle de actividades y operaciones que figura en el Anexo I, observando para ello las instrucciones de justificación que figuran en el Anexo II.
2. L
a Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión y verificación de las actividades que en el ámbito del presente convenio sean desarrolladas por Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
3. A
mbas partes se comprometen a hacer constar las señas de identidad de la Unión Europea, de la Junta de Extremadura y de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU en cuantas acciones de difusión pública se realicen en el desarrollo de las actividades
previstas. Igualmente se comprometen a realizar esta mención en todos los documentos
generados por la ejecución de las actividades descritas en este convenio. A tales fines se
estará a lo dispuesto en la cláusula duodécima.
Martes 6 de junio de 2023
34975
2. L
as relaciones laborales del personal adscrito al convenio estarán en el ámbito de aplicación
del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades
filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” ” o aquel que lo sustituya,
(en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (RESOLUCIÓN de 18 de julio de
2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro
de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura
Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”), y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto
en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que
resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio se desarrollará en jornada completa y
se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio Colectivo Extremadura Avante.
3. S
e podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. M
ediante la firma de este convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, realizará el despliegue de SOPORTEX para el periodo 2023-2026, con arreglo al detalle de actividades y operaciones que figura en el Anexo I, observando para ello las instrucciones de justificación que figuran en el Anexo II.
2. L
a Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión y verificación de las actividades que en el ámbito del presente convenio sean desarrolladas por Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
3. A
mbas partes se comprometen a hacer constar las señas de identidad de la Unión Europea, de la Junta de Extremadura y de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU en cuantas acciones de difusión pública se realicen en el desarrollo de las actividades
previstas. Igualmente se comprometen a realizar esta mención en todos los documentos
generados por la ejecución de las actividades descritas en este convenio. A tales fines se
estará a lo dispuesto en la cláusula duodécima.