Ayuntamiento De Villagonzalo. Normas Subsidiarias. (2023080945)
Anuncio de 25 de mayo de 2023 sobre aprobación definitiva de la modificación n.º 2/2021 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
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NÚMERO 107
Martes 6 de junio de 2023

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aquellos materiales cuyas tonalidades vayan en consonancia con las edificaciones, mediante tratamientos de lacados, etc.
5. L
 as anteriores limitaciones son de obligado cumplimiento y exacto cumplimiento para las
nuevas edificaciones que pudieran construirse y para las obras de renovación de elementos
exteriores ya existentes. Asimismo, el Ayuntamiento de Villagonzalo podrá obligar a su
adecuación a aquellas construcciones que de forma notoria y relevante estén en contraposición con las mismas con grave alteración del orden estético y compositivo dominante.
Artículo 122. Edificios y conjuntos a proteger.
Los edificios o conjuntos de edificios, elementos y recintos urbanos que por interés históricoartístico o paisajísticos, o por su fuerte carácter típico o tradicional o por su marcado valor
ambiental puedan ser objeto de Plan Especial, y aunque no lo sean, cualquier actuación en los
mismos, o en torno a ellos, deberá atenerse a las disposiciones que en las normas de protección se incluyen en el título V de la presente normativa.
Artículo 123. Elementos urbanos singulares.
1. L
 as instalaciones y elementos urbanos, complementarios o accesorios, de carácter singular, tales como tendido de energía eléctrica y telefónicas, silos, depósitos, estaciones de
servicio, carteles, rótulos, marquesinas, todos, etc. Se proyectarán de forma tal que no
deterioren el aspecto externo tanto del casco como de los recintos urbanos que lo integren,
y procurarán atenerse en general a las normas de protección que al respecto establezcan
anteriormente para los conjuntos históricos-artísticos o pintorescos, al bien el carácter restrictivo que inexcusablemente se señala para aquellos.
2. E
 n cualquier caso se estará a lo dispuesto en las disposiciones de carácter general que
establecen al principio de esta Sección.