Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062073)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por el que se formaliza la transferencia específica para financiar la estrategia integral en materia de I+D+i para el conocimiento, mejora y valorización del cultivo de tenca (Tinca tinca L.) en Extremadura (TENCAEX II), en el ámbito del desarrollo y fomento de la I+D+i en acuicultura.
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NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023

34323

D) P
 ropiedad industrial e intelectual.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento acepta
expresamente que la propiedad de la documentación y los trabajos realizados al amparo
del presente convenio, y durante el período de garantía y mantenimiento, corresponde
únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y sin más limitaciones que las
impuestas por el ordenamiento jurídico.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual
y de protección jurídica de los programas de ordenador, el encargado acepta expresamente que los derechos de explotación y la propiedad del código fuente de las aplicaciones
desarrolladas al amparo del presente convenio corresponden únicamente a la Junta de
Extremadura, con exclusividad y a todos los efectos.
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre
los soportes materiales a los que se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento
de las obligaciones derivadas del convenio, corresponden a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de
responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanante de los
suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del convenio
procedente de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma del convenio, a obtener las licencias y autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución
del mismo.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados por el encargado del tratamiento para la ejecución del
convenio, éste responderá ante la Junta de Extremadura del resultado de dichas acciones,
estando obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que
competan a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya
facilitado la Junta de Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes
del presente convenio, fuera de las circunstancias y para los fines expresamente pactados
en éste, ni una vez terminada la vigencia del mismo.