Presidencia De La Junta. Funcionarios De Administración Local. (2023062130)
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 104

34228

Jueves 1 de junio de 2023

con habilitación de carácter nacional, participan en el presente concurso ordinario correspondiente a la anualidad de 2023,
RESUELVE:
Primero. Dar publicidad a las convocatorias específicas de puestos vacantes de entidades
locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que participan en el concurso ordinario
para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con
habilitación de carácter nacional, cuya relación figura en el anexo II, así como las bases específicas aprobadas por las respectivas corporaciones para cada puesto, en los términos que
figuran en el anexo III.
Segundo. Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y normativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán los previstos
en el Decreto 6/1995, de 21 de febrero (DOE n.º 24, de 25 de febrero), que figuran en el
anexo I.
Tercero. Las bases comunes por las cuales deben regirse los citados concursos son las que
se transcriben en el anexo del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Cuarto. Esta publicación, en cumplimiento de la normativa de aplicación, se realiza a los
exclusivos efectos de publicidad y no supone la apertura del plazo de presentación de solicitudes. El Ministerio de Hacienda y Función Pública dispondrá la publicación en el Boletín Oficial
del Estado de un extracto de todas las convocatorias, que servirá de base para el cómputo de
plazos, pudiendo salvarse en dicho trámite cualquier error u omisión producidos, de conformidad con el artículo 37, párrafo tercero, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante
este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su
domicilio o bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida, en los términos
de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme al artículo 46.1 de