Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Subvenciones. (2023050146)
Orden de 25 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación en la formación práctica del programa de formación avanzada para técnicos de comercio exterior (Formacoex Plus).
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NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023
34184
m) Guardar y mantener secreto profesional de aquella información confidencial de la empresa, comercio u organismo colaborador a la que pueda acceder la persona beneficiaria durante el ejercicio de su periodo de formación práctica.
n) C
umplimiento de las obligaciones derivadas de la justificación de las subvenciones y
concretamente, obligación de presentar los distintos documentos acreditativos del cumplimiento de las acciones objeto de subvención, tal y como se especifica para cada línea
en el artículo 19 de las presentes bases reguladoras.
ñ) S
ometerse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
o) Comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la obtención de
otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como
la obligación de notificar el estado de tramitación o de resolución de cualquier ayuda
que haya sido solicitada para el mismo fin. Esta comunicación deberá efectuarse tan
pronto como se conozca, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
p) Proceder al reintegro total o parcial de las subvenciones percibidas en los supuestos que
corresponda.
q) Comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
r) M
antener la situación de desempleo y no ejercer ninguna otra actividad laboral durante
el periodo en que el que tenga la condición de persona beneficiaria de la subvención.
s) El beneficiario pondrá en práctica sistemas de difusión, información y publicidad de
conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria y autonómica al respecto.
Con el objetivo de difundir el papel desempeñado por la Unión Europea en las medidas
cofinanciadas por el FSE+, los beneficiarios serán informados fehacientemente de la cofinanciación de la ayuda concedida en la forma que se establezca acorde a lo dispuesto
en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y de acuerdo a lo establecido en
el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, en los
programas cofinanciados por FSE+.
Jueves 1 de junio de 2023
34184
m) Guardar y mantener secreto profesional de aquella información confidencial de la empresa, comercio u organismo colaborador a la que pueda acceder la persona beneficiaria durante el ejercicio de su periodo de formación práctica.
n) C
umplimiento de las obligaciones derivadas de la justificación de las subvenciones y
concretamente, obligación de presentar los distintos documentos acreditativos del cumplimiento de las acciones objeto de subvención, tal y como se especifica para cada línea
en el artículo 19 de las presentes bases reguladoras.
ñ) S
ometerse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
o) Comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la obtención de
otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como
la obligación de notificar el estado de tramitación o de resolución de cualquier ayuda
que haya sido solicitada para el mismo fin. Esta comunicación deberá efectuarse tan
pronto como se conozca, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
p) Proceder al reintegro total o parcial de las subvenciones percibidas en los supuestos que
corresponda.
q) Comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
r) M
antener la situación de desempleo y no ejercer ninguna otra actividad laboral durante
el periodo en que el que tenga la condición de persona beneficiaria de la subvención.
s) El beneficiario pondrá en práctica sistemas de difusión, información y publicidad de
conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria y autonómica al respecto.
Con el objetivo de difundir el papel desempeñado por la Unión Europea en las medidas
cofinanciadas por el FSE+, los beneficiarios serán informados fehacientemente de la cofinanciación de la ayuda concedida en la forma que se establezca acorde a lo dispuesto
en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y de acuerdo a lo establecido en
el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, en los
programas cofinanciados por FSE+.