Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062080)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo de la formación y difusión correspondientes a la "Estrategia de salud comunitaria a nivel de la CCAA" y "Enlace a herramientas de recomendación de activos para la salud y recursos comunitarios en la historia de salud digital".
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NÚMERO 103
Miércoles 31 de mayo de 2023

34024

maria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Salud Comunitaria en sus Zonas de
Salud con el desarrollo e implantación de la estrategia de Salud Comunitaria de la CCAA.
III. L
 a firma del convenio supone:
— Organizar e impartir la formación a profesionales del Servicio Extremeño de Salud para
la implantación de la Estrategia de Salud Comunitaria en la Comunidad Autónoma.
— Organizar la Formación y difusión entre los profesionales del Servicio Extremeño de
Salud de la herramienta digital que posibilitará a los Equipos de Atención Primaria de
Extremadura registrar las Acciones Comunitarias que desarrollan en sus Zonas de Salud, así como los Recursos Comunitarios, necesarios para realizar prescripción social y
el acceso de la población a esta información.
Las actuaciones a realizar por Fundesalud serán las determinadas en el cuadro de partidas
elegibles indicado en la cláusula tercera.
Para conseguir los objetivos mencionados anteriormente, se requiere de la posibilidad de
apoyar en el desplazamiento y los gastos derivados de ellos a las profesionales que impartan la formación necesaria para la implantación de la Estrategia de Salud Comunitaria y la
difusión de la herramienta digital. Actuaciones que tienen que estar integradas en aquellas
realizadas por una acción integral por parte de los servicios contratados por FundeSalud
para poder cumplir con lo mencionado. Por lo anterior, se requiere ampliar los términos de
gastos, para que incluyan los conceptos de dietas y gastos de viaje.
IV. Según el citado convenio, en su clausula sexta, los términos del presente convenio podrán
ser modificados previo acuerdo entre las partes suscriptoras, a través de la correspondiente adenda.
V. Teniendo en cuenta todo lo expuesto, es voluntad de las partes modificar los conceptos
de las partidas elegibles. Por lo que, donde dice en la cláusula tercera. Obligación de las
partes:
PARTIDAS ELEGIBLES

PRESUPUESTO
TOTAL

Retribuciones por formación Estrategia de Salud Comunitaria y difusión página
de recomendación de activos para la salud.

40.174,00 €

COSTES OPERATIVOS (85%)

40.173,91 €

GESTIÓN ADMINISTRATIVA FUNDESALUD(15%)
COSTES TOTAL PROYECTO

6.026,09 €
46.200,00