Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062065)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Cáceres 2020" de 49,89 MWp, e infraestructura de evacuación, en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA19/1414.
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NÚMERO 103

34120

Miércoles 31 de mayo de 2023

En la tabla adjunta se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si
han emitido informe en relación con el documento ambiental:
Relación de organismos y entidades consultados

Respuestas Recibidas

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de
la Dirección General de Sostenibilidad.

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A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad emite informe con fecha 15 de mayo de 2023, en el cual se informa
favorablemente la modificación planteada por el promotor ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre y cuando se
cumplan las siguientes medidas preventivas y correctoras:


Medidas preventivas y correctoras.



1. Se potenciará la recuperación de la vegetación natural en interior del recinto mediante siembras de pastizales, con una mezcla de leguminosas y gramíneas como apoyo
en las áreas deterioradas.



2. No se utilizarán herbicidas para controlar la vegetación natural. Se hará preferiblemente mediante ganado (la altura de los paneles debe permitirlo) evitando el sobrepastoreo, no pudiendo sobrepasar las 0.2 UGM/ha. En su defecto se puede realizar
con maquinaria, fuera del periodo reproductor de las aves.

3. No se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril a junio para
evitar el periodo reproductor de la fauna.


4. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los
mismos, se estará a lo dispuesto por los Agentes del Medio Natural y/o el personal
técnico de la Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.



5. El vallado perimetral de la planta se ajustará a lo descrito en el Decreto 226/2013,
de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.