Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2023080912)
Anuncio de 23 de mayo de 2023 por el que se hace pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de la zona de distribución de gas natural de llegada a "Urbanización Cáceres el Viejo" en la localidad de Cáceres, correspondiente al expediente CG-675.
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NÚMERO 103
Miércoles 31 de mayo de 2023

34153

ANUNCIO de 23 de mayo de 2023 por el que se hace pública la información
relativa a la solicitud de adjudicación de la zona de distribución de gas natural
de llegada a "Urbanización Cáceres el Viejo" en la localidad de Cáceres,
correspondiente al expediente CG-675. (2023080912)
A los efectos previstos en el artículo 11 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 168, de 1/9/2014), se hace
pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de la zona de distribución de gas
natural de llegada a la “Urbanización Cáceres el Viejo” en la localidad de Cáceres, correspondiente al expediente CG-675, cuyos datos principales son los indicados a continuación:
Municipio afectado por las instalaciones proyectadas: Cáceres.
Características principales de la instalación:
1. E
 mplazamiento: C/ Severo Ochoa y c/ Llegada a Urbanización “Cáceres el Viejo”.
2. Red de distribución: Formada por canalizaciones de polietileno ajustadas a las normas UNEEN 12007-2 y UNE-EN 1555.
El listado de coordenadas geográficas correspondientes a la línea perimetral que define la
zona de distribución en la que se proyectan las instalaciones (Sistema de referencia ETRS 89
- HUSO 29), se encuentran reflejadas en el anexo que se acompaña.
Durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio,
las empresas distribuidoras de gas natural que estén interesadas podrán presentar solicitudes
en concurrencia, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 9 y 10 del
Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Para la determinación de la línea perimetral que defina la zona de distribución, deberán tomarse como referencia los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014 de la Dirección General
de Industria y Energía, e Instrucción Complementaria 1/2017 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su delimitación según el artículo 3.2. del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos
de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 246, de 23/12/2014).
Las citadas instrucciones y el plano de representación gráfica de la línea perimetral que delimita la zona de distribución definida por estos vértices se encuentran a disposición de los
interesados en la siguiente dirección Web: