Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2023062013)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la transformación de concesión -para la prestación, en régimen de gestión indirecta por "Cáceres, Badajoz y Mérida, SL" del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia (95.5 Mhz) en la localidad de Fregenal de la Sierra (Badajoz)- en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (radiofónico).
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023
33680
Noveno. Con fecha 13 de enero de 2020, se suscribió el contrato administrativo para la explotación, en régimen de gestión indirecta por “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL”, del servicio
público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de emisora,
de carácter comercial, en la localidad de Fregenal de la Sierra (Badajoz), con la frecuencia
95.5 Mhz.
Para responder del cumplimiento de este contrato, con fecha 10 de abril de 2018, la concesionaria “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL”, constituyó en la Caja de Depósitos de la Junta de
Extremadura, una garantía definitiva (en metálico) –con número de resguardo 180000443–
por importe de 5.409,11 euros.
Décimo. Con fecha 28 de enero de 2020, personal técnico del Servicio de Comunicación
Audiovisual de la Secretaría General de Administración Digital (Consejería de Hacienda y
Administración Pública) de la Junta de Extremadura efectuó visita de inspección al objeto de
comprobar la adecuación de las instalaciones ejecutadas –de acuerdo con el Proyecto Técnico aprobado– en el marco del procedimiento seguido por la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el otorgamiento de licencia para la prestación del servicio de
comunicación audiovisual (radiofónico) –en régimen de gestión indirecta por “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL”– en la localidad de Fregenal de la Sierra (Badajoz). De dicha visita se levantó
Acta de Inspección, con resultado favorable.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de lo dispuesto en el artículo
10.1.8 de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia para el desarrollo normativo y la ejecución en materia de prensa, radio y televisión y otros medios de comunicación,
correspondiéndole desarrollar, ejecutar y, en su caso, complementar la normativa del Estado
en esta materia, mediante la legislación propia de desarrollo, la potestad reglamentaria y la
función ejecutiva.
El traspaso efectivo de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura –en materia de radiodifusión– se realizó en virtud del Real Decreto 2167/1993, de
10 de diciembre.
En ejercicio de sus competencias de desarrollo normativo, la Comunidad Autónoma de Extremadura dictó, en su momento, el Decreto 131/1994, de 14 de noviembre, por el que se regula
el régimen de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia e inscripción en el Registro de las Empresas concesionarias y, más recientemente, el Decreto 134/2013, de 30 de julio, de Comunicación Audiovisual de la Comunidad
Autónoma de Extremadura –modificado por el Decreto 13/2019, de 6 de marzo– al objeto
Martes 30 de mayo de 2023
33680
Noveno. Con fecha 13 de enero de 2020, se suscribió el contrato administrativo para la explotación, en régimen de gestión indirecta por “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL”, del servicio
público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de emisora,
de carácter comercial, en la localidad de Fregenal de la Sierra (Badajoz), con la frecuencia
95.5 Mhz.
Para responder del cumplimiento de este contrato, con fecha 10 de abril de 2018, la concesionaria “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL”, constituyó en la Caja de Depósitos de la Junta de
Extremadura, una garantía definitiva (en metálico) –con número de resguardo 180000443–
por importe de 5.409,11 euros.
Décimo. Con fecha 28 de enero de 2020, personal técnico del Servicio de Comunicación
Audiovisual de la Secretaría General de Administración Digital (Consejería de Hacienda y
Administración Pública) de la Junta de Extremadura efectuó visita de inspección al objeto de
comprobar la adecuación de las instalaciones ejecutadas –de acuerdo con el Proyecto Técnico aprobado– en el marco del procedimiento seguido por la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el otorgamiento de licencia para la prestación del servicio de
comunicación audiovisual (radiofónico) –en régimen de gestión indirecta por “Cáceres, Badajoz y Mérida, SL”– en la localidad de Fregenal de la Sierra (Badajoz). De dicha visita se levantó
Acta de Inspección, con resultado favorable.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de lo dispuesto en el artículo
10.1.8 de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia para el desarrollo normativo y la ejecución en materia de prensa, radio y televisión y otros medios de comunicación,
correspondiéndole desarrollar, ejecutar y, en su caso, complementar la normativa del Estado
en esta materia, mediante la legislación propia de desarrollo, la potestad reglamentaria y la
función ejecutiva.
El traspaso efectivo de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura –en materia de radiodifusión– se realizó en virtud del Real Decreto 2167/1993, de
10 de diciembre.
En ejercicio de sus competencias de desarrollo normativo, la Comunidad Autónoma de Extremadura dictó, en su momento, el Decreto 131/1994, de 14 de noviembre, por el que se regula
el régimen de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia e inscripción en el Registro de las Empresas concesionarias y, más recientemente, el Decreto 134/2013, de 30 de julio, de Comunicación Audiovisual de la Comunidad
Autónoma de Extremadura –modificado por el Decreto 13/2019, de 6 de marzo– al objeto