Consejería De Educación Y Empleo. Conciertos Educativos. (2023040103)
Decreto 60/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos de Educación Primaria, durante los cursos académicos 2023/2024 a 2028/2029, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

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una oferta adecuada de puestos escolares que tenga en cuenta la oferta existente de centros
públicos y privados concertados, así como la racionalización del uso de los recursos públicos
destinados a la educación.
Por su parte, el capítulo I del título II de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, referido al acceso del alumnado al sistema educativo, establece que la Administración educativa realizará una oferta anual de plazas escolares, en los centros públicos y en los
privados concertados, que asegure una respuesta ajustada a las necesidades educativas de
todos y cada uno de los alumnos y las alumnas y que, en la medida de lo posible, garantice la
libre elección de centro por las familias, de acuerdo con los principios de economía y eficiencia
en el uso de los recursos públicos.
El artículo 130 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, señala que podrán
acogerse al régimen de conciertos los centros de titularidad privada que satisfagan necesidades de
escolarización, de conformidad con la legislación básica del Estado, y que cumplan con los requisitos del capítulo I del título II de la citada ley, así como de la normativa que la desarrolle.
En aplicación de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 116.3 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción vigente, el concierto educativo tendrá
una duración mínima de seis años en el caso de Educación Primaria.
Mediante Decreto 67/2017, de 3 de mayo, se establecieron normas para la aplicación del
Régimen de Conciertos Educativos a partir del curso académico 2017/2018, correspondiente
a los cursos escolares comprendidos en el cuatrienio 2017/2018 a 2020/2021, excepto en el
caso de Educación Primaria donde el concierto se extenderá hasta el curso 2022/2023.
Toda vez que al finalizar el curso 2022/2023 expira el periodo de vigencia de seis años previsto en los conciertos educativos suscritos al amparo del citado decreto, para Educación
Primaria, agotándose, por tanto, los efectos para dicha etapa y haciendo preciso decretar las
nuevas reglas procedimentales que regirán la convocatoria relativa a la suscripción, renovación, modificación y extinción de conciertos educativos para los venideros cursos escolares
2023/2024 a 2028/2029.
El presente decreto deroga, por seguridad jurídica, el Decreto 67/2017, de 3 de mayo, en
Educación Primaria, único régimen que se mantenía en vigor de acuerdo con la disposición
transitoria única del Decreto 64/2021, de 16 de junio.
En este sentido, este decreto se adecua a los principios inspiradores de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29
diciembre, basada principalmente en la calidad y eficiencia educativa, igualdad, la cohesión
social y la ciudadanía activa, en un aprendizaje permanente.