Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040085)
Decreto 43/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023
33472
4.2.4. D
irección de tesis doctorales defendidas, incluidas en el bloque 4.4.0 del CVN
(Dirección de tesis doctorales y/o proyectos fin de carrera). Se otorgarán 1,50
puntos por tesis con mención de doctorado europeo/internacional y premio extraordinario de doctorado, 1,00 punto por cada tesis con mención de doctorado
europeo/internacional o premio extraordinario de doctorado y 0,50 puntos por
tesis defendida.
4.3. S
i la persona que dirige la tesis pertenece a un Instituto Universitario de Investigación
propio de la Universidad de Extremadura se otorgará 1,00 puntos.
5. L
a puntuación final obtenida en cada una de las candidaturas será la suma de las puntuaciones obtenidas en los criterios de valoración establecidos en el apartado anterior, con
expresión de dos decimales, con redondeo a la centésima más cercana. En caso de empate
en la puntuación final obtenida, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el
apartado 4.1 de este artículo, méritos de la persona candidata, y si persiste el empate, se
dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 4.2 de este artículo,
méritos de la persona que dirige la tesis. Si persistiera el empate, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 4.1.1 de este artículo.
Artículo 18. Propuesta y resolución.
1. E
l órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. L
a competencia para dictar la Resolución corresponde al titular de la Secretaría General de
la Consejería con competencias en I+D+I, según el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No obstante, la
Resolución de 21 de agosto de 2019, (DOE núm. 163, de 23 de agosto) de la Secretaría
General, delega en los titulares de los diferentes órganos directivos de la Consejería la
competencia para la concesión o denegación de subvenciones que sean competencia de
tramitación de dichos órganos.
La Resolución de concesión será dictada previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, a propuesta de la persona titular de la Secretaría General competente
en la materia objeto del presente decreto.
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el
día siguiente a la terminación del plazo de presentación de las solicitudes, en el que se publiquen en el Diario Oficial de Extremadura tanto la convocatoria como el extracto previsto
en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Martes 30 de mayo de 2023
33472
4.2.4. D
irección de tesis doctorales defendidas, incluidas en el bloque 4.4.0 del CVN
(Dirección de tesis doctorales y/o proyectos fin de carrera). Se otorgarán 1,50
puntos por tesis con mención de doctorado europeo/internacional y premio extraordinario de doctorado, 1,00 punto por cada tesis con mención de doctorado
europeo/internacional o premio extraordinario de doctorado y 0,50 puntos por
tesis defendida.
4.3. S
i la persona que dirige la tesis pertenece a un Instituto Universitario de Investigación
propio de la Universidad de Extremadura se otorgará 1,00 puntos.
5. L
a puntuación final obtenida en cada una de las candidaturas será la suma de las puntuaciones obtenidas en los criterios de valoración establecidos en el apartado anterior, con
expresión de dos decimales, con redondeo a la centésima más cercana. En caso de empate
en la puntuación final obtenida, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el
apartado 4.1 de este artículo, méritos de la persona candidata, y si persiste el empate, se
dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 4.2 de este artículo,
méritos de la persona que dirige la tesis. Si persistiera el empate, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 4.1.1 de este artículo.
Artículo 18. Propuesta y resolución.
1. E
l órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. L
a competencia para dictar la Resolución corresponde al titular de la Secretaría General de
la Consejería con competencias en I+D+I, según el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No obstante, la
Resolución de 21 de agosto de 2019, (DOE núm. 163, de 23 de agosto) de la Secretaría
General, delega en los titulares de los diferentes órganos directivos de la Consejería la
competencia para la concesión o denegación de subvenciones que sean competencia de
tramitación de dichos órganos.
La Resolución de concesión será dictada previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, a propuesta de la persona titular de la Secretaría General competente
en la materia objeto del presente decreto.
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el
día siguiente a la terminación del plazo de presentación de las solicitudes, en el que se publiquen en el Diario Oficial de Extremadura tanto la convocatoria como el extracto previsto
en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.