Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040085)
Decreto 43/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
68 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

33470

Solo se tendrá en cuenta la participación en un proyecto de I+D+I, en calidad de
investigador, siempre que se acredite oficialmente que conforma parte del equipo
investigador del proyecto.
No serán valorables los proyectos de convocatorias propias financiadas por los
centros de I+D.


4.2.2. P
 ublicaciones científicas publicadas o aceptadas, incluidas en el bloque 7.1.1 del
CVN (Publicaciones, documentos científicos y técnicos).

Se valorarán únicamente las 10 publicaciones científicas (artículos, libros y capítulos de libro) propuestas para tal fin en el documento adjunto a la solicitud de
la ayuda e incluidas y acreditadas en el CVN del director o de la directora de la
tesis, según se establece en el artículo 14.2.8) de este decreto. No se valorarán
aquellas publicaciones indicadas en dicho documento que no estén incluidas y/o
acreditadas correctamente en el CVN presentado junto a la solicitud de la ayuda.
En caso de presentar más de 10 publicaciones en dicho documento, dentro de los
cinco años anteriores al año de publicación de la convocatoria, se otorgará una
puntuación cero para este indicador. Si el número de publicaciones indicadas es
inferior a 10, solo se valorarán las publicaciones presentadas en la propuesta que
cumplan con los términos requeridos.


a) Artículos científicos publicados o aceptados en revistas indexadas en JCR, Web
of Science. Se tendrá en cuenta para la valoración la posición que ocupa la
revista en las diversas áreas del JCR, según su factor de impacto, en el año en
que se publicó el artículo. Se utilizará el último listado disponible del JCR, en
caso de que los datos no estuvieran disponibles en la base. Se elegirá el área
en que la posición de la revista sea más favorable. La puntuación se otorgará
con el siguiente desglose: 1,00 puntos por cada publicación en revistas del
primer cuartil y 0,50 puntos para las publicaciones en el resto de los cuartiles.



b) Artículos científicos publicados o aceptados en revistas indexadas en SCOPUS.
Se tendrá en cuenta para la valoración la posición que ocupa la revista en las
diversas áreas del Scimago Journal Rank (SJR) en el año en que se publicó
el artículo o el último listado disponible, en caso de que los datos del año de
publicación no estuvieran disponibles en la base. Se elegirá el área en que la
posición de la revista sea más favorable. Se otorgarán 0,75 puntos para las
publicaciones en revistas del primer cuartil y 0,40 puntos para las publicaciones en el resto de los cuartiles.