Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040085)
Decreto 43/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

33468



Donde:



— Media titulación: Nota media del expediente académico del candidato predoctoral
en el grado, licenciatura, ingeniería o arquitectura.



— Media máster: nota media del expediente académico del candidato predoctoral en
el máster.



— Promedio Titulación UEX. Es el valor obtenido de igual forma que en el apartado
anterior.

Para el cálculo de la nota media a considerar en los apartados a) y b) anteriores, la
valoración numérica de cada una de las distintas calificaciones será la que figure en
la certificación académica oficial. En caso de que no conste calificación numérica, se
utilizará la equivalencia según el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que
se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento
Europeo al Título
La nota media de selección resultante se expresará con dos decimales, redondeada a la
centésima más próxima, y, en caso de equidistancia, a la superior.


4.1.2. Otros méritos curriculares:

La puntuación final de este apartado será la suma de los valores obtenidos en cada uno
de los subapartados establecidos en él, hasta un máximo de 15 puntos.


a) Premios al mejor expediente y mejor trayectoria académica, incluidos en el bloque
3.1.1 del CVN (Diplomaturas, licenciaturas e ingenierías, grados y másteres):



a.1) Premio Nacional de Fin de Carrera de Educación Universitaria: 5,00 puntos.



a.2) Premio Extraordinario de Fin de Carrera en su universidad: 2,50 puntos.



a.3) Premio Extraordinario de Final de Máster: 2,00 puntos.



b) Otras titulaciones universitarias (grados, licenciaturas o másteres oficiales) cuyos
créditos no se han computado para cumplir con los requisitos establecidos en el
artículo 5 b) de este decreto, incluidas en el bloque 3.1.1 del CVN (Diplomaturas,
licenciaturas e ingenierías, grados y másteres). Se otorgará 4,00 puntos por cada
titulación adicional.