Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2023050141)
Orden de 25 de mayo de 2023 por la que se convoca prueba selectiva, por el procedimiento de promoción interna, para el acceso desde el Cuerpo Auxiliar, Especialidad Agente Forestal, al Cuerpo Administrativo, Especialidad Agentes del Medio Natural.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 100
Viernes 26 de mayo de 2023
33069
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes habrán
de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el justificante del pago de las tasas.
3.2. Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, las personas participantes deberán
rellenar su solicitud a través de la aplicación de cumplimentación vía internet, según se
indica en el apartado anterior. Una vez cumplimentada, deberán imprimir, firmar el documento de solicitud obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa,
ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas
de asistencia en materia de registro indicados a continuación:
— En cualquiera de las oficinas incluidas en el Anexo a la Resolución de la Vicepresidenta
Primera y Consejera por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia
a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará
en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario
de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el justificante del pago de la tasa.
4. La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de
los registros oficiales indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el plazo
concretado en el apartado 1 de la presente Base. Tampoco exime al aspirante del requisito de
proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que
fuera posible, facilitarán a los/as aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.
Viernes 26 de mayo de 2023
33069
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes habrán
de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el justificante del pago de las tasas.
3.2. Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, las personas participantes deberán
rellenar su solicitud a través de la aplicación de cumplimentación vía internet, según se
indica en el apartado anterior. Una vez cumplimentada, deberán imprimir, firmar el documento de solicitud obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa,
ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas
de asistencia en materia de registro indicados a continuación:
— En cualquiera de las oficinas incluidas en el Anexo a la Resolución de la Vicepresidenta
Primera y Consejera por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia
a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará
en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario
de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el justificante del pago de la tasa.
4. La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de
los registros oficiales indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el plazo
concretado en el apartado 1 de la presente Base. Tampoco exime al aspirante del requisito de
proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que
fuera posible, facilitarán a los/as aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.