Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2023062020)
Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas para la mejora de las infraestructuras y la productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, para el año 2023 (Línea 1).
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NÚMERO 100

33169

Viernes 26 de mayo de 2023

120030000/G353A760.00/FR14040306/20160180/250.000,00/2023.
120030000/G353A760.00/FR14040306/20160180/1.000.000,00/2024.
De conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un veinte por ciento de la cuantía inicial, o hasta la cuantía
que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación
de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las ayudas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, conforme al Anexo I-1 que se incluye en la resolución
y en el decreto por el que se aprueban las bases reguladoras, será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de este extracto en el
Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Inversión auxiliable y cuantía de la ayuda.
1. La inversión mínima y máxima auxiliable será:
a. Línea 1: 5.000 y 75.000 euros.
De este modo, en el caso de que no se alcance el límite inferior la inversión no será subvencionable, y, del mismo modo, en el supuesto de que se supere el superior sólo será
subvencionable hasta el límite superior establecido.
2. L
 a ayuda para la mejora en fincas rústicas municipales será del 75 % de la inversión auxiliable, con los límites indicados en el apartado anterior.
No obstante, este porcentaje podrá ser inferior cuando sin haberse agotado el crédito presupuestario, el primer solicitante excluido por la puntuación obtenida según el orden de prelación establecida, o los siguientes en caso de renuncia de éste, acepte la subvención propuesta, hasta el límite del recurso excedentario.
Mérida, 17 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ