Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061987)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Cambio de uso forestal a agrícola y puesta en riego de 13,67 ha", cuyo promotor es D. Vicente Antonio Lancho, en el término municipal de Pueblonuevo de Miramontes (Cáceres). Expte.: IA19/0601.
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NÚMERO 99
Jueves 25 de mayo de 2023



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34. L
 os residuos generados en la fase de explotación deberán ser gestionados según
la normativa vigente. Se deberá tener un especial cuidado con los restos plásticos procedentes de la instalación de riego (mangueras, tuberías, envases, etc.) y
los aceites empleados en la maquinaria agrícola, que deberán ser retirados según
vayan cayendo en desuso o necesiten ser repuestos, gestionándose por empresas
registradas conforme a la normativa vigente en materia de residuos, dejando constancia documental de la correcta gestión.



35. E
 n aquellas operaciones en las que se generen restos vegetales (podas, desbroces,
etc.), se atenderá a lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En este sentido, con carácter general,
no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario,
priorizando su reciclado mediante el tratamiento biológico de la materia orgánica.
Únicamente podrá permitirse la quema de estos residuos con carácter excepcional,
y siempre y cuando cuenten con la correspondiente autorización individualizada
que permita dicha quema.



36. S
 e evitará la quema de rastrojos de ningún cultivo ni vegetación natural. Para evitar
los problemas que la acumulación de restos vegetales procedentes de la limpieza
puede provocar, así como por motivos fitosanitarios y de prevención de incendios
forestales, se retirarán y eliminarán todos los restos vegetales procedentes de la
corta en un plazo no superior a dos meses desde la finalización de la misma, y, en
cualquier caso, antes del comienzo de la campaña contra incendios. Se adoptarán
las medidas establecidas en el Plan INFOEX.



37. D
 urante la ejecución de los trabajos se cumplirán las medidas establecidas en el
Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el plan de lucha contra incendios forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), así
como lo establecido en el Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se regula
la prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX), y modificaciones, durante la época de peligro alto y medio, en
la ejecución de trabajos forestales que puedan dar lugar a incendios forestales, así
como cualquier normativa que en desarrollo de las anteriores, limite o prohíba las
actividades en el monte.



38. L
 as casetas o naves para resguardar los equipos de bombeo deberán estar debidamente insonorizadas evitando fenómenos de contaminación acústica, cumpliendo
en todo caso la normativa vigente en la materia.