Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023062022)
Extracto de la Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad incluidas en la oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
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NÚMERO 99
Jueves 25 de mayo de 2023
32862
EXTRACTO de la Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de subvenciones destinadas
a financiar la realización de acciones formativas conducentes a certificados
de profesionalidad incluidas en la oferta preferente de formación profesional
para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigidas a personas
trabajadoras desempleadas. (2023062022)
BDNS(Identif.): 697222
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución arriba referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
((http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Convocatoria para el ejercicio de 2023 de subvenciones destinadas a financiar la realización
de acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad incluidas en el programa
de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público
de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. Beneficiarios.
1. D
e conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Orden de 27 de marzo de 2023,
podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades de formación que, a fecha de
publicación de esta convocatoria, se encuentren acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, en la modalidad presencial, para las especialidades formativas objeto de formación, debiendo disponer, en el momento de iniciar la
formación, de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades
formativas solicitadas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/2015,
de 9 de septiembre, las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad
de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o
contrato de disponibilidad.
2. T
ambién podrán ser beneficiarias las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en
el correspondiente registro habilitado por la Administración competente, a fecha de publicación de esta convocatoria, a los que el Servicio Extremeño Público de Empleo autorice
provisionalmente, en los términos establecidos en el artículo 15.2 de la Orden de 27 de
marzo de 2023, para la impartición de acciones formativas en aquellos lugares en los que
Jueves 25 de mayo de 2023
32862
EXTRACTO de la Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de subvenciones destinadas
a financiar la realización de acciones formativas conducentes a certificados
de profesionalidad incluidas en la oferta preferente de formación profesional
para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigidas a personas
trabajadoras desempleadas. (2023062022)
BDNS(Identif.): 697222
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución arriba referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
((http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Convocatoria para el ejercicio de 2023 de subvenciones destinadas a financiar la realización
de acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad incluidas en el programa
de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público
de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. Beneficiarios.
1. D
e conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Orden de 27 de marzo de 2023,
podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades de formación que, a fecha de
publicación de esta convocatoria, se encuentren acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, en la modalidad presencial, para las especialidades formativas objeto de formación, debiendo disponer, en el momento de iniciar la
formación, de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades
formativas solicitadas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/2015,
de 9 de septiembre, las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad
de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o
contrato de disponibilidad.
2. T
ambién podrán ser beneficiarias las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en
el correspondiente registro habilitado por la Administración competente, a fecha de publicación de esta convocatoria, a los que el Servicio Extremeño Público de Empleo autorice
provisionalmente, en los términos establecidos en el artículo 15.2 de la Orden de 27 de
marzo de 2023, para la impartición de acciones formativas en aquellos lugares en los que