Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023062016)
Extracto de la Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2023 becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad y prácticas profesionales no laborales incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
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NÚMERO 99
Jueves 25 de mayo de 2023
32801
acción formativa o de las prácticas profesionales no laborales o, en su caso, el día de su
incorporación, si esta es posterior al inicio de la acción formativa.
2. Una vez iniciada la acción formativa o las prácticas profesionales no laborales o, en su
caso, producida la incorporación de la persona participante, se interrumpirá la percepción
de la beca y/o ayuda durante el tiempo en que el/la alumno/a no mantenga la condición
de persona desempleada.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la convocatoria son las contenidas en la sección 1.ª, Disposiciones
generales, y en la subsección 3.ª, Becas y ayudas a los participantes en las acciones formativas
y, en su caso, prácticas profesionales no laborales, de la sección 3.ª, Disposiciones aplicables al
procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concesión directa, del capítulo IV,
Subvenciones destinadas a financiar la oferta formativa dirigida a personas desempleadas, de
la Orden de 27 de marzo de 2023, por la que se regula la programación, gestión y control de la
oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas
y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 62, de 30 de marzo).
Cuarto. Cuantía total convocatoria.
1. La cuantía total prevista inicialmente para el periodo de vigencia de la presente convocatoria asciende a 1.500.000 euros, con cargo a los créditos autorizados en la aplicación
presupuestaria 130080000 G/242B/48000 TE24008001, en el proyecto 20210478 “Becas
y ayudas a alumnos que participan en acciones formativas ligadas a la obtención de certificados de profesionalidad”, con fuente de financiación de Transferencias del Estado, con el
siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2023: 1.050.000, 00 €.
Anualidad 2024: 450.000,00 €.
2. Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, en los
términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, con la publicación del correspondiente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), así como
en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es),
conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura.
Jueves 25 de mayo de 2023
32801
acción formativa o de las prácticas profesionales no laborales o, en su caso, el día de su
incorporación, si esta es posterior al inicio de la acción formativa.
2. Una vez iniciada la acción formativa o las prácticas profesionales no laborales o, en su
caso, producida la incorporación de la persona participante, se interrumpirá la percepción
de la beca y/o ayuda durante el tiempo en que el/la alumno/a no mantenga la condición
de persona desempleada.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la convocatoria son las contenidas en la sección 1.ª, Disposiciones
generales, y en la subsección 3.ª, Becas y ayudas a los participantes en las acciones formativas
y, en su caso, prácticas profesionales no laborales, de la sección 3.ª, Disposiciones aplicables al
procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concesión directa, del capítulo IV,
Subvenciones destinadas a financiar la oferta formativa dirigida a personas desempleadas, de
la Orden de 27 de marzo de 2023, por la que se regula la programación, gestión y control de la
oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas
y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 62, de 30 de marzo).
Cuarto. Cuantía total convocatoria.
1. La cuantía total prevista inicialmente para el periodo de vigencia de la presente convocatoria asciende a 1.500.000 euros, con cargo a los créditos autorizados en la aplicación
presupuestaria 130080000 G/242B/48000 TE24008001, en el proyecto 20210478 “Becas
y ayudas a alumnos que participan en acciones formativas ligadas a la obtención de certificados de profesionalidad”, con fuente de financiación de Transferencias del Estado, con el
siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2023: 1.050.000, 00 €.
Anualidad 2024: 450.000,00 €.
2. Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, en los
términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, con la publicación del correspondiente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), así como
en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es),
conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura.