Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061939)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión de personas adultas para cursar ciclos formativos de grado básico, del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023
32431
Vigesimotercero. Traslado de matrícula.
1. E
l alumnado que, una vez matriculado en primer curso de un ciclo formativo de grado básico, desee cambiar de centro podrá solicitarlo mediante escrito motivado dirigido a la dirección del centro de destino a lo largo del curso académico. Dicha solicitud se podrá realizar
a partir del inicio del periodo de admisión extraordinaria y antes del inicio de la evaluación
ordinaria de mayo.
2. L
a dirección del centro solicitado procederá a la admisión de la solicitud de traslado siempre
que existan plazas vacantes y recabará del centro de origen el expediente académico del
alumnado trasladado.
3. L
as personas incluidas en las listas de espera tendrán preferencia sobre las solicitudes de
traslado de matrícula para la escolarización en plazas que hubieran podido quedar vacantes
durante el periodo de vigencia de las mismas. No obstante, todas las personas con intención de realizar traslado de matrícula a un ciclo formativo de grado básico concreto podrán
solicitar adherirse a dicha lista de espera.
Vigesimocuarto. Alumnos de Ciclos de Formación Profesional Básica que se incorporan a un ciclo formativo de Grado Básico.
1. L
os alumnos que durante el curso académico 2022-2023 hayan estado cursando un ciclo de
Formación Profesional Básica, que se extingue, y deban incorporarse a un ciclo formativo
de grado básico, de la misma familia profesional e idéntica denominación, en el mismo centro educativo, podrán hacerlo mediante solicitud de matrícula como alumnado con derecho
a permanencia.
2. L
os alumnos que durante el curso académico 2022-2023 hayan estado cursando un ciclo
de Formación Profesional Básica, que se extingue, y se incorporan a un Ciclo formativo de
grado básico diferente al que han estado cursando o al mismo, pero en otro centro educativo, deberá solicitar solicitud de admisión en el nuevo ciclo de grado básico.
3. E
l alumnado mantendrá los módulos superados con anterioridad.
Vigesimoquinto. Seguro escolar.
1. E
l alumnado menor de 28 años que se matricule en estas enseñanzas deberá abonar la
cuota correspondiente del seguro escolar.
2. E
l alumnado recabará de la secretaría del centro información sobre el importe y la forma de
pago, en ningún caso debe utilizarse para este fin el impreso de matrícula.
Miércoles 24 de mayo de 2023
32431
Vigesimotercero. Traslado de matrícula.
1. E
l alumnado que, una vez matriculado en primer curso de un ciclo formativo de grado básico, desee cambiar de centro podrá solicitarlo mediante escrito motivado dirigido a la dirección del centro de destino a lo largo del curso académico. Dicha solicitud se podrá realizar
a partir del inicio del periodo de admisión extraordinaria y antes del inicio de la evaluación
ordinaria de mayo.
2. L
a dirección del centro solicitado procederá a la admisión de la solicitud de traslado siempre
que existan plazas vacantes y recabará del centro de origen el expediente académico del
alumnado trasladado.
3. L
as personas incluidas en las listas de espera tendrán preferencia sobre las solicitudes de
traslado de matrícula para la escolarización en plazas que hubieran podido quedar vacantes
durante el periodo de vigencia de las mismas. No obstante, todas las personas con intención de realizar traslado de matrícula a un ciclo formativo de grado básico concreto podrán
solicitar adherirse a dicha lista de espera.
Vigesimocuarto. Alumnos de Ciclos de Formación Profesional Básica que se incorporan a un ciclo formativo de Grado Básico.
1. L
os alumnos que durante el curso académico 2022-2023 hayan estado cursando un ciclo de
Formación Profesional Básica, que se extingue, y deban incorporarse a un ciclo formativo
de grado básico, de la misma familia profesional e idéntica denominación, en el mismo centro educativo, podrán hacerlo mediante solicitud de matrícula como alumnado con derecho
a permanencia.
2. L
os alumnos que durante el curso académico 2022-2023 hayan estado cursando un ciclo
de Formación Profesional Básica, que se extingue, y se incorporan a un Ciclo formativo de
grado básico diferente al que han estado cursando o al mismo, pero en otro centro educativo, deberá solicitar solicitud de admisión en el nuevo ciclo de grado básico.
3. E
l alumnado mantendrá los módulos superados con anterioridad.
Vigesimoquinto. Seguro escolar.
1. E
l alumnado menor de 28 años que se matricule en estas enseñanzas deberá abonar la
cuota correspondiente del seguro escolar.
2. E
l alumnado recabará de la secretaría del centro información sobre el importe y la forma de
pago, en ningún caso debe utilizarse para este fin el impreso de matrícula.