Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Suplencia. (2023061982)
Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se asignan las funciones de los órganos directivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, en ausencia de sus titulares.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023
32318
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
relación con lo manifestado en el artículo 77.2 del mismo texto legal sobre la suplencia, y con
la finalidad de salvaguardar la eficacia administrativa y la continuidad en la prestación de los
servicios administrativos,
RESUELVO:
Primero. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho
urgente de los asuntos cuya competencia corresponda a la Secretaría General, se ejercerán
por la persona titular de la Dirección General de Deportes.
Segundo. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho urgente de los asuntos cuya competencia corresponda a la Secretaría General de Cultura,
se ejercerán por la persona titular de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
Tercero. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho
urgente de los asuntos cuya competencia corresponda a la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural, se ejercerán por la persona titular de la Secretaría General.
Cuarto. En las fechas de ausencia de la persona titular, al despacho urgente de los asuntos
cuya competencia corresponda a la Dirección General de Deportes, se ejercerán por la persona titular de la Secretaría General.
Quinto. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho
urgente de los asuntos cuya competencia corresponde a la Dirección General de Turismo, se
ejercerán por la persona titular de la Secretaría General.
Sexto. En ausencia simultánea de la persona titular y suplente, según las reglas anteriores,
las funciones inherentes al despacho de los asuntos se ejercerán según el siguiente orden:
1. Secretaría General.
2. Dirección General de Deportes.
3. Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
4. Dirección General de Turismo.
5. Secretaría General de Cultura.
Miércoles 24 de mayo de 2023
32318
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
relación con lo manifestado en el artículo 77.2 del mismo texto legal sobre la suplencia, y con
la finalidad de salvaguardar la eficacia administrativa y la continuidad en la prestación de los
servicios administrativos,
RESUELVO:
Primero. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho
urgente de los asuntos cuya competencia corresponda a la Secretaría General, se ejercerán
por la persona titular de la Dirección General de Deportes.
Segundo. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho urgente de los asuntos cuya competencia corresponda a la Secretaría General de Cultura,
se ejercerán por la persona titular de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
Tercero. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho
urgente de los asuntos cuya competencia corresponda a la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural, se ejercerán por la persona titular de la Secretaría General.
Cuarto. En las fechas de ausencia de la persona titular, al despacho urgente de los asuntos
cuya competencia corresponda a la Dirección General de Deportes, se ejercerán por la persona titular de la Secretaría General.
Quinto. En las fechas de ausencia de la persona titular, las funciones inherentes al despacho
urgente de los asuntos cuya competencia corresponde a la Dirección General de Turismo, se
ejercerán por la persona titular de la Secretaría General.
Sexto. En ausencia simultánea de la persona titular y suplente, según las reglas anteriores,
las funciones inherentes al despacho de los asuntos se ejercerán según el siguiente orden:
1. Secretaría General.
2. Dirección General de Deportes.
3. Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
4. Dirección General de Turismo.
5. Secretaría General de Cultura.