Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061962)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación y Empleo, y la "organización sindical Unión General de Trabajadores de Extremadura", la "organización sindical CCOO de Extremadura", y la organización empresarial "Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX)", para la difusión, información y orientación del procedimiento de evaluación y reconocimiento de la cualificación profesional adquirida por la experiencia laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 97

31901

Martes 23 de mayo de 2023

ANEXO III
DOCUMENTACIÓN DEL CANDIDATO A PRESENTAR
Para acreditar la experiencia laboral:
1. Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
• Copia de la certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, ISFAS, o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados donde conste la
empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación
• Copia del contrato de trabajo o certificación de la empresa o documento equivalente, en
el que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, tipo
de jornada, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado
dicha actividad.
2. Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
• Declaración responsable de trabajador autónomo, debidamente cumplimentado y firmado en el que conste la descripción de la actividad desarrollada, las fechas de inicio y fin
del periodo de tiempo en el que se ha desarrollado la actividad profesional.
3. Para voluntarios o personas becarias:
• Certificado de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten,
específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado
y el número total de horas dedicadas a las mismas.
Para acreditar la Formación no Formal:
• La adquisición de competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de
formación, se acreditará se realizará mediante copia del título o documento justificativo
de los contenidos, las horas de formación, la entidad que expide el documento acreditativo de la formación recibida y la fecha de inicio y fin de la misma.