Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061933)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el desarrollo del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior 2023-2026.
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
31829
3. C
uando la cantidad justificada sea inferior a la aportación económica percibida, el centro
gestor solicitará mediante escrito, la devolución a la Hacienda de la Comunidad Autónoma
de Extremadura indicando el importe no justificado. De no proceder a la devolución de la
cantidad señalada antes de 10 días hábiles, se iniciará el procedimiento de reintegro con
la exigencia del interés de legal correspondiente desde el momento del pago de la transfe
rencia hasta la fecha en la que se ha acordado la procedencia del reintegro.
4. D
e no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determinen, se acudirá a la vía
ejecutiva.
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio.
2. E
l régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
3. L
a presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso
de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.
4. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia, verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos
anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente
convenio.
Martes 23 de mayo de 2023
31829
3. C
uando la cantidad justificada sea inferior a la aportación económica percibida, el centro
gestor solicitará mediante escrito, la devolución a la Hacienda de la Comunidad Autónoma
de Extremadura indicando el importe no justificado. De no proceder a la devolución de la
cantidad señalada antes de 10 días hábiles, se iniciará el procedimiento de reintegro con
la exigencia del interés de legal correspondiente desde el momento del pago de la transfe
rencia hasta la fecha en la que se ha acordado la procedencia del reintegro.
4. D
e no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determinen, se acudirá a la vía
ejecutiva.
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio.
2. E
l régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
3. L
a presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso
de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.
4. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia, verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos
anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente
convenio.