Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061930)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de planta de fabricación de baterías de iones de litio, promovido por Envision AESC Spain, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
32125
24.1 de la misma, el titular de la instalación deberá disponer de una garantía financiera
que le permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a su actividad,
y cuya cuantía partirá del análisis de riesgos medioambientales de la misma. Junto a la documentación para la comunicación del inicio de actividad, el titular deberá aportar aquella
que resulte precisa a efectos de justificar el cumplimiento de esta obligación.
3. E
l titular de la instalación industrial atenderá al cumplimiento de la normativa relativa a las
medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en particular el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.
En particular, deberá dar cumplimiento a las medidas para mitigar el efecto adverso significativo propuestas en el documento denominado “Vulnerabilidad del Proyecto”, y que se
informaron por la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, con fecha
23 de marzo de 2023: durante el diseño de las instalaciones, se deberá llevar a cabo las
siguientes actuaciones, que permiten disminuir la generación de gases tóxicos:
— Diseño y disposición de instalaciones de protección contra incendios. Estos medios permiten disminuir el hipotético incendio que da origen a la formación de HF, limitando por
tanto la afección por nube tóxica.
— Sectorización del almacén de baterías de acuerdo a normativa de aplicación, para disminuir la potencial masa de baterías (y el electrolito en ellas contenida) que se vería
implicada en un incendio, con la consiguiente reducción de la nube tóxica generada en
el incendio del almacén.
4. E
l Ayuntamiento de Navalmoral de Mata deberá tener en cuenta los efectos ambientales
derivados de la vulnerabilidad del proyecto con el fin de determinar los objetivos de prevención de accidentes graves de limitación de sus consecuencias para la salud humana, los
bienes y el medio ambiente en sus instrumentos de planificación territorial urbanística y en
otros pertinentes. Por lo tanto, el Ayuntamiento deberá tener en cuenta los elementos muy
vulnerables, vulnerables y de baja vulnerabilidad una vez finalizado la ingeniería de detalle
de la planta y recalculado el análisis cuantitativo de riesgos.
5. E
n general, para los productos químicos almacenados en la instalación, el titular de la AAI
habrá de dar cumplimiento a todas aquellas prescripciones técnicas de seguridad que sean
de aplicación al almacenamiento y manipulación de los mismos, especialmente a aquellas
que se recojan en las correspondientes Fichas Técnicas de Seguridad y en el Real Decreto
656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de
Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
Martes 23 de mayo de 2023
32125
24.1 de la misma, el titular de la instalación deberá disponer de una garantía financiera
que le permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a su actividad,
y cuya cuantía partirá del análisis de riesgos medioambientales de la misma. Junto a la documentación para la comunicación del inicio de actividad, el titular deberá aportar aquella
que resulte precisa a efectos de justificar el cumplimiento de esta obligación.
3. E
l titular de la instalación industrial atenderá al cumplimiento de la normativa relativa a las
medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en particular el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.
En particular, deberá dar cumplimiento a las medidas para mitigar el efecto adverso significativo propuestas en el documento denominado “Vulnerabilidad del Proyecto”, y que se
informaron por la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, con fecha
23 de marzo de 2023: durante el diseño de las instalaciones, se deberá llevar a cabo las
siguientes actuaciones, que permiten disminuir la generación de gases tóxicos:
— Diseño y disposición de instalaciones de protección contra incendios. Estos medios permiten disminuir el hipotético incendio que da origen a la formación de HF, limitando por
tanto la afección por nube tóxica.
— Sectorización del almacén de baterías de acuerdo a normativa de aplicación, para disminuir la potencial masa de baterías (y el electrolito en ellas contenida) que se vería
implicada en un incendio, con la consiguiente reducción de la nube tóxica generada en
el incendio del almacén.
4. E
l Ayuntamiento de Navalmoral de Mata deberá tener en cuenta los efectos ambientales
derivados de la vulnerabilidad del proyecto con el fin de determinar los objetivos de prevención de accidentes graves de limitación de sus consecuencias para la salud humana, los
bienes y el medio ambiente en sus instrumentos de planificación territorial urbanística y en
otros pertinentes. Por lo tanto, el Ayuntamiento deberá tener en cuenta los elementos muy
vulnerables, vulnerables y de baja vulnerabilidad una vez finalizado la ingeniería de detalle
de la planta y recalculado el análisis cuantitativo de riesgos.
5. E
n general, para los productos químicos almacenados en la instalación, el titular de la AAI
habrá de dar cumplimiento a todas aquellas prescripciones técnicas de seguridad que sean
de aplicación al almacenamiento y manipulación de los mismos, especialmente a aquellas
que se recojan en las correspondientes Fichas Técnicas de Seguridad y en el Real Decreto
656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de
Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.