Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2023061881)
Resolución de 15 de mayo de 2023, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto para soterramiento de un tramo de la LAMT, de 20 kV, 5100-08-Portala de la STR Madrigal de la Vera, entre los apoyos 5146 y 5148 de la misma, en Madrigal de la Vera (Cáceres). Expte.: AT-9413.
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NÚMERO 95

31512

Viernes 19 de mayo de 2023

Emplazamiento: C/ Camino Puente Romano, c/ La Sierra , c/ Doctor Bravo y terrenos particulares.
Otras actuaciones.
— Nuevas canalizaciones subterráneas entubadas en zanja a ejecutar: 0,207 km.
— Desmontaje del tramo existente de la LAMT “Portala” entre los apoyos 5146 y 5148, en
una longitud de 0,216 km, con conductor LA-56, así como 3 apoyos existentes.
Esta autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un mes, conforme a lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Cáceres, 15 de mayo de 2023.
El Jefe de Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO
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