Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2023061880)
Resolución de 15 de mayo de 2023, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran, en concreto, de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto para soterramiento de un tramo de la LAMT, de 20 kV, 5100-08-Portala de la STR Madrigal de la Vera, entre los apoyos 5146 y 5148 de la misma, en Madrigal de la Vera (Cáceres). Expte.: AT-9413.
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NÚMERO 95
Viernes 19 de mayo de 2023

31507

Nueva LSMT-L2 proyectada:
— Origen: Nuevo apoyo A2 proyectado a instalar, que sustituye al actual apoyo n.º 5148,
en el que se realizará otro entronque aéreo subterráneo.
— Final: Celda de línea existente del CT “Madrigal 3”.
— Longitud: 0,130 km.
Longitud total de líneas: 0,539 km.
Tipo de líneas: Subterráneas, en simple circuito.
Tensión de servicio: 20 kV
Tipo de conductor: HEPR Z1-AL 12/20 kV 3x(1x240) mm2.
Emplazamiento: C/ Camino Puente Romano, c/ La Sierra, c/ Doctor Bravo y terrenos
particulares.
Otras actuaciones.
— Nuevas canalizaciones subterráneas entubadas en zanja a ejecutar: 0,207 km.
— Desmontaje del tramo existente de la LAMT “Portala” entre los apoyos 5146 y 5148, en
una longitud de 0,216 km, con conductor LA-56, así como 3 apoyos existentes.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.