Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061872)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 29 de marzo de 2023, en la que se acuerda la revisión de las tablas salariales para el año 2022 y actualización de las de 2023 del Convenio Colectivo del Sector "Comercio general de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 94
31340
Jueves 18 de mayo de 2023
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE COMERCIO
GENERAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ.
En Badajoz, siendo las 10:30 horas del día 29 de marzo de 2023, se reúne en la sede de COEBA, los miembros de la mesa negociadora del Convenio de Comercio General de la provincia
de Badajoz de una parte las centrales sindicales CCOO y UGT, y de otra parte la Confederación
de Organizaciones Empresariales de la provincia de Badajoz COEBA.
ACUERDAN:
1. Revisión salarial año 2022 y salarios iniciales para el año 2023, del subsector Comercio de
Textil de la provincia de Badajoz.
— De conformidad con lo establecido en el convenio, la tabla salarial definitiva del año
2022 y los salarios iniciales del año 2023, son las publicadas el DOE de fecha 10 de
marzo de 2023.
Las empresas vendrán obligadas a complementar el salario de las personas trabajadoras
hasta alcanzar el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
2. Revisión salarial año 2022 y salarios iniciales para el año 2023, del subsector Comercio de
la Madera, el Mueble y la Marquetería de la provincia de Badajoz.
— Una vez constatados oficialmente los indicadores referidos en el artículo 9 del convenio
colectivo, de Comercio de La Madera, El Mueble y La Marquetería de la provincia de Badajoz, y en base a lo establecido en el anexo del Convenio de Comercio General de la
provincia de Badajoz se procede a la aplicación de la revisión salarial para el año 2022
del 3.45%, según el procedimiento establecido en el mismo y teniendo dicho incremento carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022, en todos los conceptos económicos,
quedando como se indica en el anexo
— Una vez aplicada la revisión de los salarios y conceptos económicos del año 2022, se
procede a incrementar los salarios para el año 2023, según lo dispuesto en el artículo
31 del convenio de comercio general de la provincia de Badajoz, en un 3% quedando
como se indica en el anexo.
3. Revisión salarial año 2022 y salarios iniciales para el año 2023, del subsector Comercio de
Ópticas de la provincia de Badajoz.
— Una vez constatados oficialmente los indicadores referidos en el artículo 29 del convenio
colectivo, de Comercio de Ópticas de la provincia de Badajoz, y en base a lo establecido
en el anexo del Convenio de Comercio General de la provincia de Badajoz se procede
31340
Jueves 18 de mayo de 2023
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE COMERCIO
GENERAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ.
En Badajoz, siendo las 10:30 horas del día 29 de marzo de 2023, se reúne en la sede de COEBA, los miembros de la mesa negociadora del Convenio de Comercio General de la provincia
de Badajoz de una parte las centrales sindicales CCOO y UGT, y de otra parte la Confederación
de Organizaciones Empresariales de la provincia de Badajoz COEBA.
ACUERDAN:
1. Revisión salarial año 2022 y salarios iniciales para el año 2023, del subsector Comercio de
Textil de la provincia de Badajoz.
— De conformidad con lo establecido en el convenio, la tabla salarial definitiva del año
2022 y los salarios iniciales del año 2023, son las publicadas el DOE de fecha 10 de
marzo de 2023.
Las empresas vendrán obligadas a complementar el salario de las personas trabajadoras
hasta alcanzar el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
2. Revisión salarial año 2022 y salarios iniciales para el año 2023, del subsector Comercio de
la Madera, el Mueble y la Marquetería de la provincia de Badajoz.
— Una vez constatados oficialmente los indicadores referidos en el artículo 9 del convenio
colectivo, de Comercio de La Madera, El Mueble y La Marquetería de la provincia de Badajoz, y en base a lo establecido en el anexo del Convenio de Comercio General de la
provincia de Badajoz se procede a la aplicación de la revisión salarial para el año 2022
del 3.45%, según el procedimiento establecido en el mismo y teniendo dicho incremento carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022, en todos los conceptos económicos,
quedando como se indica en el anexo
— Una vez aplicada la revisión de los salarios y conceptos económicos del año 2022, se
procede a incrementar los salarios para el año 2023, según lo dispuesto en el artículo
31 del convenio de comercio general de la provincia de Badajoz, en un 3% quedando
como se indica en el anexo.
3. Revisión salarial año 2022 y salarios iniciales para el año 2023, del subsector Comercio de
Ópticas de la provincia de Badajoz.
— Una vez constatados oficialmente los indicadores referidos en el artículo 29 del convenio
colectivo, de Comercio de Ópticas de la provincia de Badajoz, y en base a lo establecido
en el anexo del Convenio de Comercio General de la provincia de Badajoz se procede