Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Eficiencia Energética. Ayudas. (2023061830)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023
30830
disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, que modifica los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 (UE), n.º 1306/2013 (UE) y n.º 1307/2013 en lo que
respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022, así como el Reglamento
(UE) n.º 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los
años 2021 y 2022, seguirá aplicándose a la ejecución de los programas para el desarrollo
rural el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, hasta el 31 de diciembre de 2025. Será aplicable,
en las mismas condiciones, a los gastos efectuados por los beneficiarios y abonados por el
organismo pagador en el marco de dichos programas para el desarrollo rural hasta el 31 de
diciembre de 2025.
El artículo 32 y el anexo III del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 seguirán siendo aplicables
en relación con la designación de zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. Las referencias a los programas de desarrollo rural se entenderán como referencias a
los planes estratégicos de la PAC cuya entrada en vigor se ha producido el día 1 de enero de
2023 (PEPAC).
Son de aplicación el Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre
de 2021, que completa el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas relativas a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera,
la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro y el Reglamento de Ejecución (UE)
2022/128 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se establecen disposiciones
de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre
los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, los
controles, las garantías y la transparencia.
En el periodo actual esta actuación se incluye dentro de la Medida 4 “Inversiones en activos
físicos” Submedida 4.3 “Apoyo a las inversiones en infraestructura relacionada con el desarrollo, la modernización o la adaptación de la agricultura y la silvicultura”, 4.3.2 “Modernización
de las infraestructuras de regadío”, cofinanciadas por el FEADER, Administración General del
Estado y Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que el procedimiento de concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará mediante convocatoria aprobada por resolución
del titular de la secretaría general competente, previa autorización del Consejo de Gobierno
cuando la cuantía de la convocatoria supere los 900.000 euros.
El Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
Martes 16 de mayo de 2023
30830
disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, que modifica los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 (UE), n.º 1306/2013 (UE) y n.º 1307/2013 en lo que
respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022, así como el Reglamento
(UE) n.º 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los
años 2021 y 2022, seguirá aplicándose a la ejecución de los programas para el desarrollo
rural el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, hasta el 31 de diciembre de 2025. Será aplicable,
en las mismas condiciones, a los gastos efectuados por los beneficiarios y abonados por el
organismo pagador en el marco de dichos programas para el desarrollo rural hasta el 31 de
diciembre de 2025.
El artículo 32 y el anexo III del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 seguirán siendo aplicables
en relación con la designación de zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. Las referencias a los programas de desarrollo rural se entenderán como referencias a
los planes estratégicos de la PAC cuya entrada en vigor se ha producido el día 1 de enero de
2023 (PEPAC).
Son de aplicación el Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre
de 2021, que completa el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas relativas a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera,
la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro y el Reglamento de Ejecución (UE)
2022/128 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se establecen disposiciones
de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre
los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, los
controles, las garantías y la transparencia.
En el periodo actual esta actuación se incluye dentro de la Medida 4 “Inversiones en activos
físicos” Submedida 4.3 “Apoyo a las inversiones en infraestructura relacionada con el desarrollo, la modernización o la adaptación de la agricultura y la silvicultura”, 4.3.2 “Modernización
de las infraestructuras de regadío”, cofinanciadas por el FEADER, Administración General del
Estado y Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que el procedimiento de concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará mediante convocatoria aprobada por resolución
del titular de la secretaría general competente, previa autorización del Consejo de Gobierno
cuando la cuantía de la convocatoria supere los 900.000 euros.
El Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,