Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sanidad. Atención Primaria. (2023040089)
Decreto 47/2023, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Atención Primaria de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023
30668
a) Atender los problemas de salud de la población asignada, contemplando los aspectos biopsicosociales y realizando las actividades sanitarias de protección, promoción, prevención,
diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud de forma simultánea e integrada.
b) Prestar atención sanitaria de forma presencial en el centro, en el domicilio, en centros
residenciales o donde sea requerido dentro de la ZS, o de forma no presencial a la población asignada, por cuantas fórmulas se habiliten para la comunicación entre profesionales y pacientes.
c) Prestar la atención continuada y a la emergencia de la población pediátrica de la ZS
conforme se establezca en la organización del equipo durante el horario ordinario de
funcionamiento de los centros de atención primaria.
d) Mantener comunicación continua dentro de la unidad básica asistencial y sesiones de
trabajo periódicas con el resto de los/las profesionales para la valoración de los/las pacientes, siguiendo la evolución y la evaluación de los cuidados planteados, colaborando
con el equipo en la continuidad asistencial de los/las pacientes, con especial énfasis en
aquellos con enfermedades crónicas y/o en situación de complejidad.
e) Realizar una adecuada gestión de la demanda de la población y las agendas de trabajo,
adaptándose a las necesidades concretas de la población asignada y al trabajo en equipo.
f) Velar por que la dotación de farmacia y material quirúrgico se adecúe a las necesidades
reales de la asistencia sanitaria, así como por el uso responsable de los mismos.
g) Participar en el desarrollo de los programas dirigidos al uso racional del medicamento y
gestión farmacéutica eficiente conforme a los principios de eficacia y seguridad.
h) L
os/las profesionales de medicina de familia de EAP que ocupen plazas de atención
pediátrica participarán en los turnos de atención continuada de su ZS una vez establecido por el/la Gerente del Area en aquellos periodos de tiempo en que las necesidades
asistenciales así lo requieran.
Artículo 20. Funciones y responsabilidades de los/las enfermeros/as y los/las enfermeros/as especialistas en equipo de atención primaria.
1. S
on funciones y responsabilidades de los/las enfermeros/as y los/las enfermeros/as especialistas, que incluyen a los/las enfermeros/as con función/denominación de atención
continuada:
a) Atender los problemas de salud de la población asignada a través de la consulta de enfermería a demanda, concertada y programada, contemplando los aspectos biopsicosociales
Martes 16 de mayo de 2023
30668
a) Atender los problemas de salud de la población asignada, contemplando los aspectos biopsicosociales y realizando las actividades sanitarias de protección, promoción, prevención,
diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud de forma simultánea e integrada.
b) Prestar atención sanitaria de forma presencial en el centro, en el domicilio, en centros
residenciales o donde sea requerido dentro de la ZS, o de forma no presencial a la población asignada, por cuantas fórmulas se habiliten para la comunicación entre profesionales y pacientes.
c) Prestar la atención continuada y a la emergencia de la población pediátrica de la ZS
conforme se establezca en la organización del equipo durante el horario ordinario de
funcionamiento de los centros de atención primaria.
d) Mantener comunicación continua dentro de la unidad básica asistencial y sesiones de
trabajo periódicas con el resto de los/las profesionales para la valoración de los/las pacientes, siguiendo la evolución y la evaluación de los cuidados planteados, colaborando
con el equipo en la continuidad asistencial de los/las pacientes, con especial énfasis en
aquellos con enfermedades crónicas y/o en situación de complejidad.
e) Realizar una adecuada gestión de la demanda de la población y las agendas de trabajo,
adaptándose a las necesidades concretas de la población asignada y al trabajo en equipo.
f) Velar por que la dotación de farmacia y material quirúrgico se adecúe a las necesidades
reales de la asistencia sanitaria, así como por el uso responsable de los mismos.
g) Participar en el desarrollo de los programas dirigidos al uso racional del medicamento y
gestión farmacéutica eficiente conforme a los principios de eficacia y seguridad.
h) L
os/las profesionales de medicina de familia de EAP que ocupen plazas de atención
pediátrica participarán en los turnos de atención continuada de su ZS una vez establecido por el/la Gerente del Area en aquellos periodos de tiempo en que las necesidades
asistenciales así lo requieran.
Artículo 20. Funciones y responsabilidades de los/las enfermeros/as y los/las enfermeros/as especialistas en equipo de atención primaria.
1. S
on funciones y responsabilidades de los/las enfermeros/as y los/las enfermeros/as especialistas, que incluyen a los/las enfermeros/as con función/denominación de atención
continuada:
a) Atender los problemas de salud de la población asignada a través de la consulta de enfermería a demanda, concertada y programada, contemplando los aspectos biopsicosociales