Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2023061840)
Extracto de la Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Línea destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
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NÚMERO 91
30569
Lunes 15 de mayo de 2023
— Eficiencia energética, sostenibilidad y economía circular.
Para ser subvencionable, el proyecto deberá tener un importe mínimo de inversión aprobada
de 1.500 euros.
Serán subvencionables los gastos establecidos en el anexo A del decreto de bases reguladoras
y de la resolución por la que se efectúa la convocatoria. Con cargo a la presente convocatoria,
podrán acogerse a la ayuda las inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2022.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a partir del día siguiente de la publicación
de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 31
de julio de 2023.
Séptimo. Otros.
Las ayudas previstas en el decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a
lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo superar la
ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 28 de abril de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
30569
Lunes 15 de mayo de 2023
— Eficiencia energética, sostenibilidad y economía circular.
Para ser subvencionable, el proyecto deberá tener un importe mínimo de inversión aprobada
de 1.500 euros.
Serán subvencionables los gastos establecidos en el anexo A del decreto de bases reguladoras
y de la resolución por la que se efectúa la convocatoria. Con cargo a la presente convocatoria,
podrán acogerse a la ayuda las inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2022.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a partir del día siguiente de la publicación
de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 31
de julio de 2023.
Séptimo. Otros.
Las ayudas previstas en el decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a
lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo superar la
ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 28 de abril de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA